Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 18/9/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 179/1999, de 7 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia y al Instituto Andaluz de Administración Pública.

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PREAMBULO

Desde la última modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de Justicia correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia, efectuada por el Decreto

253/98, de 10 de diciembre, el ámbito funcional y el volumen de actividad de dicha Consejería se ha incrementado hasta el punto de ocasionar el correspondiente desajuste en la dimensión y el perfil de los puestos en ciertos centros directivos. La incorporación y los objetivos de desarrollo e implantación del SIRHUS, el volumen alcanzado en la gestión del Programa de Fomento de Empleo Agrario y de los Planes Provinciales de Obras y Servicios o la estructuración de las unidades de atención al ciudadano, entre otros programas, han repercutido de manera directa en los servicios de gestión de la Consejería de Gobernación y Justicia.

Se añade a lo dicho con anterioridad que la ejecución de las políticas de función pública relativas a la selección y formación de los empleados públicos de la Junta de Andalucía se ha desarrollado en los últimos tres años bajo la fuerte presión de factores nuevos cuya incidencia ha puesto a prueba la capacidad de respuesta de la organización y estructuras del Instituto Andaluz de Administración Pública. Desde su creación en 1987, esta estructura se viene manteniendo con ligeras variaciones, siendo actualmente necesario un cambio cualitativo en profundidad que satisfaga las demandas de gestión de los procesos selectivos y las derivadas de los nuevos requerimientos de formación que se desprenden de los acuerdos sindicales y de asistencia a la Administración Local, entre otros. A tal fin, se modifica la relación de puestos correspondiente al Instituto Andaluz de Administración Pública mediante el presente Decreto.

No obstante, aunque la modificación referida no resuelva de un modo definitivo las carencias de recursos, sí son las mínimas necesarias para resolver las disfuncionalidades en el desarrollo ordinario de la gestión.

Por otra parte, se indica que la modificación de la relación de puestos de trabajo que figura en el Anexo de este Decreto, se ha elaborado bajo la premisa del menor coste y de alineamiento con respecto a los medios humanos disponibles en otras Consejerías.

Según lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto

390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aprobación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de septiembre de 1999,

DISPONGO

Artículo Unico. Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía

correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia y al Instituto Andaluz de Administración Pública.

La relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de

Gobernación y Justicia y al Instituto Andaluz de Administración Pública queda modificada en los términos previstos en el Anexo de este Decreto.

Disposición Adicional Primera. Adscripción del personal. Por la Consejería de Gobernación y Justicia y el Instituto Andaluz de Administración Pública, se realizarán los trámites necesarios para adecuar los efectivos existentes a las

necesidades del servicio deducidas de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo aprobadas mediante este Decreto.

Disposición Adicional Segunda. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda, se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de septiembre de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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