Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 16/10/1999

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 1 de julio de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a Nuevas Iniciativas del Sur, SA, para instalar una subestación eléctrica en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz). (PP. 2289/99).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 31 de agosto de 1999, la empresa Nuevas Iniciativas del Sur, S.A. (NUINSA), con domicilio social en Sevilla, Avda. de la Borbolla, núm. 5, solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de Cádiz autorización administrativa para realizar una subestación eléctrica denominada «El Parralejo¯ en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz).

Segundo. De acuerdo con el artículo 9 del Decreto 2617/66, de

20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública insertándose anuncios en el BOJA núm. 130, de 14 de noviembre de 1998 y en el BOP núm. 235, de 9 de octubre de 1998.

Tercero. El Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, mediante escrito de fecha 25 de noviembre de 1998, alega que las Normas Subsidiarias Municipales están en revisión, lo que paraliza la concesión de licencias de obras.

Cuarto. Con fecha 3 de noviembre de 1998 y 5 de febrero de

1999, la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz emite Declaración de Impacto Ambiental por el que declara viable la actividad con los condicionados recogidos en dicho documento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energías y Minas es competente para conceder la citada autorización, según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 316/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria.

Vistos: La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como el Decreto 2617/1966, citado anteriormente.

Visto la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de 3 de noviembre de 1998, ampliada con fecha 5 de febrero de 1999, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de Cádiz.

Considerando que las alegaciones presentadas por el Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera no afecta a la autorización administrativa, dado el carácter temporal de la suspensión de licencias que alega.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

RESUELVE

Conceder autorización administrativa a Nuevas Iniciativas del Sur, S.A., para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

Emplazamiento: Futura Subestación «El Parralejo¯. Tensiones Nominales: 20/66/20 KV .

Posición de 200 KV: Instalación Exterior/Simple de primario de trafo 220/66.

Posición de 66 KV: Instalación Exterior/Simple Barras-

Posiciones, 2 líneas, 1 de barra y 1 trafo 66/20.

Posición de 20 KV: Instalación Interior/Simple Barra Cabinas Prefabricadas-Posiciones, 2 líneas, 1 de barra, 1 de trafo

66/20 y 1 trafo SS. AA., 100 KVA.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de

20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo

anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administratriva, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de julio de 1999.- El Director General, Francisco Mencía Morales.

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