Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 23/10/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 7 de octubre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueban las listas provisionales de los aspirantes admitidos y excluidos, y las causas de exclusión, a las becas para la formación de técnicos en materia de gestión, información y documentación turística.

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De conformidad con lo establecido en el apartado 5.3 del Anexo I de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 30 de julio de 1999, BOJA núm. 94, de 14 de agosto, por la que se convocaban becas para la formación de técnicos en materia de gestión, información y documentación turística, esta Secretaría General Técnica

HA RESUELTO

Primero. Aprobar las listas provisionales de los aspirantes admitidos y excluidos a dichas becas y las causas de exclusión.

Segundo. Las citadas listas provisionales quedarán expuestas al público en los Servicios Centrales de la Consejería de Turismo y Deporte, sita en el Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja, s/n, Sevilla; en las sedes de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte y en el Instituto Andaluz del Deporte.

Tercero. Los aspirantes excluidos disponen de un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión en la lista de admitidos.

Los escritos de subsanación, acompañados, en su caso, de la documentación correspondiente, se presentarán en el Registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Turismo y Deporte, en los Registros de cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte, y en los Registros de los demás órganos y oficinas que correspondan, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Finalizado el plazo establecido en el párrafo primero de este apartado, el Secretario General Técnico, por delegación del Consejero de Turismo y Deporte, dictará la Resolución definitiva de personas admitidas y excluidas, que será expuesta en los Servicios Centrales de la Consejería de Turismo y Deporte y en todas las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte.

Sevilla, 7 de octubre de 1999.- El Secretario General Técnico, Rafael Rodríguez de León García.

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