Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 23/10/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 17 de septiembre de 1999, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al Centro privado Instituto Cibernos, de Sevilla.

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Visto el expediente instruido a instancia de don Felipe de Andrés Fernández, como representante de la entidad «Instituto Cibernos, S.A.¯, titular del Centro docente privado «Instituto Cibernos¯, sito en Sevilla, Avenida República Argentina, 21-B Acc., 3ª planta, mod-3, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento del Centro docente privado de Formación Profesional Específica para impartir las enseñanzas correspondientes a los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, según lo dispuesto en el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto 4 del Decreto 109/92, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Vistos: La Constitución española, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros; la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; Real Decreto

777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero; Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; Real Decreto 1660/1994, de 22 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos y las correspondientes enseñanzas mínimas; Real Decreto 1661/1994, de 22 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos y las correspondientes enseñanzas mínimas; Decreto 132/1995, de 16 de mayo, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas; Decreto 132/1995, de 16 de mayo, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos; Orden de 24 de junio de 1997, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que se integran en la Familia Profesional de Informática, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos lo requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia

HA DISPUESTO

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/92, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Específica «Instituto Cibernos¯, de Sevilla y, como consecuencia de ello, establecer la

configuración definitiva del Centro que se describe a

continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: «Instituto Cibernos¯.

Titular: «Instituto Cibernos, S.A.¯.

Domicilio: Avda. República Argentina, 21-B Acc., 3ª planta- mod. 3.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código: 41702291.

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior:

- Dos Ciclos de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Capacidad: 60 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos.

Capacidad 30 puestos escolares.

Segundo. Antes del inicio de las enseñanzas de Ciclos

Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 1999/2000, y el Centro podrá implantar

anticipadamente las enseñanzas autorizadas por la presente Orden, pues tal como previene el artículo 57.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, las Administraciones Públicas, excepcionalmente podrán otorgar eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 17 de septiembre de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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