Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 16/11/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 18 de octubre de 1999, de la Delegación del Gobierno de Huelva, por la que se aprueba la transferencia a la Diputación Provincial de Huelva, en concepto de Planes Provinciales de Obras y Servicios para 1999.

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En el marco de lo dispuesto en la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, de relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales, el Decreto 131/1991, de 2 de julio, establece en su art. 8 los criterios con arreglo a los cuales se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía a los planes provinciales de obras y servicios de competencia municipal.

Con base en dichos criterios, la Orden de 5 de marzo de 1999, de la Consejería de Gobernación y Justicia, establece la distribución de la aportación de la Junta de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 1999, delegando en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la resolución por la que se apruebe la transferencia a su respectiva Diputación Provincial, así como la aprobación del gasto, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En virtud y uso de las facultades que me confiere el art. 4 de la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 5 de marzo de 1999,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar la transferencia a la Diputación Provincial de Huelva, por importe de ciento noventa y siete millones cuatrocientas nueve mil pesetas (197.409.000 ptas.), correspondiente a la aportación de la Junta de Andalucía al Plan Provincial de Obras y Servicios para 1999.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

765.05.81.A.0, el gasto correspondiente a la citada transferencia, que se hará efectiva mediante el abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, librándose el

25% restante en el ejercicio del año 2000.

Tercero: El ingreso de la transferencia del primer pago deberá justificarse en el plazo de tres meses a partir de la fecha de su materialización, y en todo caso antes del 31 de diciembre da 1999, ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, mediante certificación con indicación del número y fecha del correspondiente asiento contable.

Cuarto. El ingreso de la transferencia del segundo pago deberá justificarse en el plazo de tres meses, a partir de la fecha de su materialización, ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, mediante certificación con indicación del número y fecha del asiento contable.

La presente Resolución, que se dicta por delegación de la Consejera de Gobernación y Justicia, pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante esta Delegación del Gobierno en el plazo de un mes o ser impugnada directamente, a elección del recurrente, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de recepción de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los arts. 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Huelva, 18 de octubre de 1999.- El Delegado, Juan Ceada Infantes.