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Es competencia del Servicio Andaluz de Salud prestar la asistencia sanitaria adecuada a los ciudadanos y promover todos los aspectos relativos a la mejora de dichas condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 18 de la Ley General de Sanidad, condiciones que se extienden más allá de la prestación asistencial, incluyendo también la puesta a disposición del usuario, así como de sus acompañantes, de servicios y prestaciones que redunden en una mayor comodidad y confort. Dichos servicios pueden prestarse por entidades privadas, mediante la instalación en el ámbito de los centros asistenciales, previa concesión del uso del mismo.
En este sentido, el Director Gerente del complejo Hospitalario Torrecárdenas, de Almería, solicita delegación de competencias para, previa la instrucción del correspondiente expediente, otorgar concesión de dominio público para la explotación del Servicio de Cafetería en la existente en dicho Hospital.
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el artículo
69 de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucía, de 15 de junio, y el artículo 11 del Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero,
RESUELVO
Delegar en el Director Gerente del Hospital del Servicio Andaluz de Salud de Torrecárdenas (Almería) competencia para otorgar Concesión de Dominio Público para la explotación del Servicio de Cafetería en la ya existente en el mismo.
La presente delegación se condiciona al exacto desarrollo de los objetivos expresados en la memoria o borrador del Pliego que han servido de base a la misma.
Del otorgamiento de dicha concesión, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como de cuantos actos se refieran a ellas, se dará cuenta a la Dirección General de Patrimonio.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 29 de octubre de 1999.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.
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