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En el recurso número 3852/91, de la Sección Primera, seguido ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a instancia de don Andrés Barrientos Ruiz, contra acuerdo de Consejería de Educación y Ciencia, se ha dictado Resolución en fecha 12 de noviembre de 1993, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por don Andrés Barrientos Ruiz contra la desestimación por silencio de la «Reclamación de Cantidad¯ instada a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, ante la deducción de cantidad que en su momento le fue retenida por la Administración Autonómica, a causa de su participación en una huelga de funcionarios en 1988. Sin costas.
Así, por esta Sentencia, que se notificará a las partes haciéndoles saber que no cabe recurso de casación frente a ella, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y sirva de notificación en forma a don Andrés Barrientos Ruiz, en ignorado paradero, expido la presente. Dicha inserción deberá ser gratuita, al ser ordenada de oficio por la Sala. En Sevilla, a 3 de noviembre de 1999.- La Secretaria.
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