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De conformidad con lo dispuesto en el Título VIII, artículo
109, de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Consejería ha resuelto dar publicidad a las catorce subvenciones concedidas a las Entidades Locales que se indican en el Anexo, en las cuantías y fechas que se relacionan, destinadas a la constitución y funcionamiento de las Juntas Arbitrales de Consumo de ámbito local, conforme a lo dispuesto en la Orden de 24 de marzo de
1999, de la Consejería de Trabajo e Industria.
Sevilla, 10 de noviembre de 1999.- El Consejero, P.D. (Orden de 24-3-99), La Directora General, Pilar Gómez Casero.
ANEXO
Entidad Local Fecha de concesión Subvención concedida
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 550.000 pesetas Almería
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 900.000 pesetas Cádiz
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 820.000 pesetas Córdoba
Diputación Provincial de 8-11-99 1.300.000 pesetas Córdoba
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 2.163.000 pesetas Granada
Diputación Provincial de 8-11-99 1.300.000 pesetas Granada
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 900.000 pesetas Huelva
Diputación Provincial de 8-11-99 1.933.880 pesetas Huelva
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 1.000.000 pesetas Jaén
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 500.000 pesetas Jérez
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 1.550.000 pesetas Málaga
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 600.000 pesetas Sevilla
Diputación Provincial de 8-11-99 2.010.623 pesetas Sevilla
Excmo.Ayuntamiento de 8-11-99 1.448.000 pesetas San Fernando
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