Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 16/12/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de noviembre de 1999, por la que se autoriza la transformación de 6 unidades de Educación Primaria en 6 unidades de Educación Infantil a los Centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria San Antonio María Claret, de Sevilla.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instancia de don Agustín Bernal Martín, en su calidad de Director y representante legal de «Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de María¯,entidad titular de los Centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria «San Antonio María Claret¯, con domicilio en Avda. Padre García Tejero, núm. 8, de Sevilla, en solicitud de transformación de 6 unidades de Educación Primaria en 6 unidades de Educación Infantil (segundo ciclo).

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla.

Resultando que el Centro «San Antonio María Claret¯, con código

41005831, tiene autorización definitiva de dos Centros del mismo titular, uno de Educación Infantil con 6 unidades de segundo ciclo para 150 puestos escolares y otro de Educación Primaria con 36 unidades para 900 puestos escolares, por Orden de 28 de enero de 1997.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece que la titularidad de los Centros la ostenta «Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de María¯.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación(BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto

173/1998, de 16 de febrero (BOE de 17 de febrero); el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la transformación de 6 unidades de Educación Primaria en 6 unidades de Educación Infantil para 150 puestos escolares a los Centros Docentes Privados de Educación Infantil y Educación Primaria «San Antonio María Claret¯, quedando con la configuración que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: San Antonio María Claret. Código de Centro: 41005831.

Domicilio: Avda. Padre García Tejero, núm. 8. Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Titular: Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de María. Composición resultante: 12 unidades de Educación Infantil (segundo ciclo) para 300 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: San Antonio María Claret. Código de Centro: 41005831.

Domicilio: Avda. Padre García Tejero, núm. 8.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Titular: Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de María. Composición resultante: 30 unidades de Educación Primaria para

750 puestos escolares.

Transitoriamente, hasta finalizar el curso escolar

2001/2002 o hasta que la titularidad de este Centro solicite el cambio de enseñanza de Preescolar a Educación Infantil, de conformidad con la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 31 de enero de 1992 (BOJA de 10 de marzo), podrá funcionar impartiendo Educación Preescolar con 6 unidades para

240 puestos escolares y Educación Infantil con 6 unidades de segundo ciclo para 150 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio), y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro de Educación Infantil remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dichos Centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de la

publicación de dicha Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 15 de noviembre de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

Descargar PDF