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Intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de Iniciación, formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuestas infracciones a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26-11-92, modificada por la Ley
4/99, de 13 de enero, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, significándole que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva, pudiendo formular los descargos que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de las pruebas que considere oportunas, a tenor de lo dispuesto en el art. 31.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Expediente: H-137/99-EP.
Persona o entidad denunciada y domicilio: Don José Manuel León Chaparro. Bda. Andalucía, núm. 1, 2-A. Calañas(Huelva). Establecimiento público y domicilio: Pub «Skap-e¯, sito en Carretera Fábrica de Harinas de Calañas.
Infracción: Art. 1º de la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de mayo de 1987.
Tipificación: Art. 26.e) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en relación con el art. 8.1.d).
Huelva, 24 de noviembre de 1999.- El Delegado, Juan Ceada Infantes.
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