Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En virtud de lo dispuesto en el artículo 18.3 de la Ley
7/97, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1998, se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las Subvenciones Personales, con importe superior a 750.000 ptas. reguladas por los Decretos 119/92, de 7 de julio, y 51/96, de 6 de febrero, de adquirentes de Viviendas de Protección Oficial de Promoción Privada y a Precio Tasado, concedidas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
RELACION DE BENEFICIARIOS
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Jaén, 21 de enero de 1999.- El Delegado, Manuel Fernández Rascón.
Descargar PDF