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A los efectos previstos en la Ley 54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas, art.
10 del Decreto 2619/66, de 20 de octubre, Reglamento sobre Expropiación Forzosa y Sanciones en materia de instalaciones eléctricas, Ley 7/94, de 18 de mayo, de Protección Ambiental y su Decreto 153/96, de 30 de abril, sobre Informe Ambiental, se somete a información pública la petición de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, implicando ésta la urgente ocupación a los efectos prevenidos en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y los arts. 53 y 54 de la mencionada Ley 54/97, de la instalación eléctrica que a continuación se indica, con las siguientes características.
Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación.
Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., con domicilio en C/ Escudo del Carmen, núm. 31 de Granada.
Características: Línea Aérea MT s/c de 1.395 m, Línea Aérea MT d/c de 1.295 m, con cable Al-Ac de 116,2 mm¯. Línea subterránea de MT con cable Aluminio RHV 12/20 KV 1x240 mm¯ de Subestación Gualchos a Motril-Castell y Calahonda-Castell, situada en t.m. de Gualchos.
Presupuesto: 17.772.535 ptas.
Finalidad: Mejorar la calidad del servicio en la zona.
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria, sita en calle Dr. Guirao Gea, s/n, y formularse al mismo tiempo las reclamaciones por triplicado que se estimen oportunas, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Asimismo los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los sólos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, de acuerdo con el art. 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en los arts. 25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que consideren precisos para la identificación de los bienes.
Granada, 18 de diciembre de 1998.- El Delegado, Mariano Gutiérrez Terrón.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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