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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
EMPRESA MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE AGUAS DE SEVILLA, S.A. (EMASESA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija
En concepto de cuota fija de la tarifa de agua por disponibilidad del servicio, y como cantidad fija abonable periódicamente a todo suministro en vigor, se le girarán las pesetas mensuales que, según el calibre del contador se indican:
Calibre contador en mm Ptas./mes
Hasta 13 317
15 y suministros sin contador 558,9
20 968,6
25 1.446,7
30 2.017,2
40 3.473,3
50 5.294,1
65 8.773,6
80 13.100,1
100 20.241
125 31.321,7
150 44.767,9
200 79.059,8
Calibre contador en mm Ptas./mes
250 123.942
300 176.480,5
400 230.795,2
500 y superiores 423.181,8
En el caso de que varias viviendas se sirvan de un mismo contador, si el valor que corresponda aplicar según la tabla, es menor que el resultado de multiplicar el número de viviendas por 317 ptas./mes, se tomará este último resultado.
Cuota variable
Consumo doméstico.
Bloque I. Hasta 17 m?/vivienda/mes 54,10 ptas./m? Bloque II. Más de 17 m?/vivienda/mes 127 ptas./m?
Para incentivar el ahorro de agua, los consumos domésticos que no excedan de 7 m?/vivienda/mes, tendrán una bonificación de 27,08 ptas./m? sobre la tarifa del bloque I, facturándose a
27,02 ptas./m?.
Consumo industrial y comercial
Bloque único 67,60 ptas./m?
Para fomentar la optimización de la capacidad de las redes de suministro, los consumos industriales nocturnos realizados de
22 a 6 horas, sólo aplicables a suministros de este tipo con contador de calibre igual o superior a 80 mm¥, tendrán una bonificación de 25 ptas./m? sobre las tarifas del bloque único, facturándose a 42,60 ptas./m?.
Para incentivar el ahorro de agua de los consumos industriales y comerciales diurnos que no superen los 10 m?/mes, tendrán una bonificación de 6,30 ptas./m?, sobre la tarifa del bloque único, facturándose a 61,30 ptas./m?.
Consumo oficial
Los consumos de las Dependencias de Servicios Municipales, del Estado y de la Junta de Andalucía, se facturarán a 47,30 ptas./m?.
Otros consumos
Los consumos de los Centros de Beneficencia que tengan
reconocido tal carácter, se facturarán a 47,30 ptas./m?.
Las unidades familiares compuestas por más de cinco personas, que habiten en la misma vivienda, circunstancia que deberá acreditar al Ayuntamiento correspondiente, verán modificado el tope superior del bloque I en cada facturación, operando de la siguiente forma:
a) Vivienda con contador propio: El tope del bloque I será de
34 m?/vivienda/mes, en vez de 17 m?/vivienda/mes. El exceso sobre 34 m?/vivienda/mes se facturará al importe del bloque II según la tabla de tarifas.
b) Vivienda abastecida por contador general: Se considerarán como viviendas abastecidas una más por cada unidad familiar de más de 5 personas.
La solicitud debidamente acreditada deberá realizarse antes del 31 de diciembre del año anterior a aquél en que sea de aplicación. El beneficiario ha de ser titular del suministro y figurar como tal durante el período de vigencia de estas tarifas. No obstante lo anterior, si el alta en la titularidad del contrato o la convivencia en la vivienda de más de cinco personas se produjera a lo largo del período antes indicado, la solicitud podrá presentarse en dicho momento.
Las bajas que puedan modificar el anterior derecho deberán ser notificadas a Emasesa en el momento de producirse.
Derechos de acometida
Parámetro A= 2.463 ptas./mm.
Calibre en mm Ptas.
20 49.260
25 61.575
30 73.890
40 98.520
50 123.150
65 160.095
80 197.040
100 246.300
125 307.875
150 369.450
200 y siguientes 492.600
Parámetro B= 12.066 ptas./Litro/seg. instalado.
Cuota de contratación
Calibre contador en mm Ptas.
13 4.070
15 5.317
20 8.436
25 11.554
30 14.608
40 20.608
50 26.608
65 35.608
80 44.608
100 y siguientes 56.608
Cuando se trate de transferencias de la titularidad de
contratos en vigor y no se modifiquen las condiciones del suministro, se facturará tan sólo un 50% de esta cuota, excepción hecha del suministro que se encuentre suspendido por falta de pago.
Fianzas
Calibre contador en mm Ptas.
13 5.469
15 7.853
20 10.258
25 y suministros contra incendios 17.107
30 21.159
40 33.502
50 y siguientes 88.782
En aquellos suministros destinados a obras, por su carácter temporal, el importe de la fianza será el triple de la cuantía que corresponda por el calibre del contador a instalar.
Reconexión del suministro
Calibre contador en mm Ptas.
13 4.070
15 5.317
20 8.436
25 11.554
30 14.608
40 20.608
Calibre contador en mmPtas.
50 26.608
65 35.608
80 44.608
100 y siguientes 56.608
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
Sevilla, 23 de diciembre de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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