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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio del interesado, la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas ha resuelto la publicación mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del requerimiento de reposición de la Fianza Reglamentaria, constituida por error a favor de la Consejería de Hacienda y Planificación, en lugar de a la Consejería de Gobernación y Justicia, a la empresa titular de Salones que a continuación se relaciona, confiriéndosele un plazo de ocho días hábiles para que efectúe dicha reposición en los términos previstos en el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, se procedería a la cancelación de la Inscripción en el Registro Administrativo correspondiente y, en su consecuencia, la extinción de todos los permisos de apertura de Salones Recreativos y de Juego que tuviere concedidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
ANEXO
Expediente ETS: 585/88.
Interesado: Exclusivas Luis Maroto, S.A.
Sevilla, 17 de febrero de 1999.- El Director General, Rafael Martín de Agar y Valverde
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