Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 03/04/1999

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por el que se notifica Resolución de expediente sancionador seguido por infracción a la normativa sobre juegos de suerte, envite o azar. (Expte. 40/97-AP).

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que intentada la notificación no se ha podido practicar, se publica la siguiente Resolución:

«Examinado el expediente sancionador de referencia, seguido a don Mario Eli R. Van Damme, con Pasaporte núm. X-0743890-R y a don Thomas Raymond Jayes, con Pasaporte núm. X-0752589-Y, con domicilios a efectos de notificaciones en Cjo. Las Palmeras, Torre 1, apartamento 430, de Fuengirola (Málaga), y C/ Alberto Horgenstery, Edificio Astigi-2, 4º 11, de Fuengirola (Málaga), respectivamente, y: Resultando. Que con fecha 14-10-98, el Instructor del expediente de referencia formuló Propuesta de Resolución, la cual se ajusta en sus términos a lo previsto en el art. 38.2 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LJACAA). Resultando. Que en la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la mencionada Ley 2/1986, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Considerando. Que en el art. 39 de la citada Ley 2/1986, LJACAA, se establece que la conformidad del órgano competente para resolver elevará a Resolución la propuesta formulada en los términos legales. Considerando. Que la Disposición Transitoria Primera del Decreto 273/1984, de 23 de octubre, sobre regulación del ejercicio de las competencias transferidas a la Junta de Andalucía en materia de Casinos, Juegos y Apuestas, en relación con el artículo 5 de la Ley

34/1987, de la potestad sancionadora de la Administración Pública en materia de juegos de suerte, envite o azar, y el Decreto 315/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura básica de la Consejería de Gobernación, atribuye a esta Dirección General la competencia para resolver el presente expediente. Vistas: Las Disposiciones citadas; la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normas de general aplicación. Esta Dirección General resuelve: Elevar a Resolución la propuesta formulada por la Instrucción en el presente expediente, imponiendo al interesado las sanciones que se señalan a continuación: 1º Que se imponga a don Mario Eli R. Van Damme y don Thomas Raymond Jayes, cuyos datos identificativos se han hecho constar al inicio, como responsables de la infracción anteriormente descrita, la siguiente sanción: Multa de seis millones de pesetas (6.000.000 de ptas.), como principal e inutilización del material de juego decomisado a que se ha hecho mención en el Fundamento Sexto.

2º Que se devuelva a los interesados o, en su caso, se desprecinte el resto del material intervenido. Sevilla, 19 de octubre de 1998. El Director General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas. Fdo.: Rafael Martín de Agar y Valverde¯.

Contra dicha Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, con los requisitos señalados en los arts. 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, mediante escrito enviado a este Servicio.

El importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en el plazo de treinta días hábiles, a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución, en cualquiera de las oficinas bancarias de nuestra Comunidad. El impreso oficial 046 para realizar el ingreso se recogerá en la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, sito en la C/ Jesús del Gran Poder, 30.

Una vez realizado el ingreso deberá remitir a esta Dirección General la hoja que en el referido modelo se establece como ejemplar para la Administración, al objeto del debido control. Transcurrido el citado plazo sin que el pago haya sido

efectuado, se remitirán las actuaciones a la Consejería de Economía y Hacienda para iniciación del cobro por vía de apremio.

Sevilla, 25 de febrero de 1999.- El Director General, Rafael Martín de Agar y Valverde.

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