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A los efectos de lo previsto en el art. 59.4 de la Ley
30/92, e intentada sin efecto la notificación a doña Concepción Andrey Lima, con último domicilio conocido en Avda. Ramón de Carranza, núm. 20-21, 6º A, de Cádiz, de la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Farmacia y Concierto -Consejería de Salud- de 17-8-98, desestimándose el recurso ordinario que en su día interpusiera la misma, contra la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Cádiz de
12.8.97, de autorización de traslado de la Oficina de Farmacia núm. 55, de la que son titulares doña Ana María Jiménez Romero y don José Antonio Domínguez Jiménez, situada en Chiclana de la Frontera, en la Urbanización Las Marismas, Bq. núm. 4, a la nueva ubicación señalada en el Complejo Residencial la Soledad, bloque núm. 6, local A, de Chiclana de la Frontera, se le comunica que contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 10 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cádiz, 5 de marzo de 1999.- La Delegada, María de la O Jiménez Otero.
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