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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en Sesión Ordinaria celebrada el día 2 de febrero de 1999, se ha adoptado el siguiente acuerdo:
«1. Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación Puntual de Elementos del PGOU de Torrox del Sector UE-12.
2. Que se publique el presente acuerdo y la normativa del Proyecto en el Boletín Oficial de la Provincia, BOJA, tablón de anuncios del Ayuntamiento y un periódico de la provincia de difusión corriente en este municipio.
3. Remitir en el plazo de 15 días a la Delegación Provincial de la Consejería Provincial de Obras Públicas y Transportes dos ejemplares diligenciados del Proyecto aprobado.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros de la Corporación asistentes a la votación del presente punto, acordó prestar su aprobación al dictamen cuyo texto ha sido transcrito y, consecuentemente, adoptó los acuerdos en el mismo propuestos¯.
Las ordenanzas correspondientes a la presente Modificación del Plan General son las siguientes:
VII. Propuesta Modif. Elem. PGOU, U.E.-12: Atendiendo a lo referido anteriormente, se redacta ficha urbanística resultante de la U.E.-12, reflejándose las modificaciones proyectadas:
Unidad de Ejecución U.E.-12.
- Tipo de actuación: Unidad de ejecución.
- Objeto de actuación: Urbanización.
- Actuación urbanística: Proyecto de Urbanización.
- Sistema de actuación: Compensación.
- Superficie U.E.: 134.564 m¯.
- Reservas y cesiones:
Areas libres: 22.050 m¯.
Equipamientos:
- Soc. y comerc.: 12.600 m¯.
- Escolar: 10.862 m¯.
Total equipamientos: 23.462 m¯.
- Viales: 11.498 m¯.
- Edificabilidad bruta: 0,42 m¯/m¯.
- Techo máx. edificable: 56.517 m¯.
- Densidad: 37 vi./has.
- Núm. máx. de viv.: 500 uds.
- Tipología permitida: Alin. y Ados. + Edif. Abierta (N4 + N3).
- Observaciones: Quedará afectada por las especificaciones del convenio suscrito con la sociedad promotora (aprobación en sesión plenaria: 12-5-88 y su anexo: 10-6-88), en todo aquello que no se oponga a las determinaciones de la presente ficha urbanística.
Lo que se hace público para general conocimiento, significándole que contra el acuerdo transcrito, acto que no es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transporte de la Junta de Andalucía (art. 28.3 del Decreto
77/1994, de 5 de abril), en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente acuerdo, como trámite previo al recurso contencioso-administrativo que habrán de interponer, en su caso, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, en el plazo de dos meses, contados desde el día de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso ordinario, o de seis meses a contar desde la fecha de interposición de éste, si no recayera resolución expresa, conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley reguladora de esta jurisdicción, todo ello sin perjuicio de que ejercitase cualquier otro recurso que se estime procedente.
Asimismo, se significa la necesidad de comunicar previamente tal interposición, requerida en el art. 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Torrox, 15 de febrero de 1999.- El Alcalde, José Pérez
García.
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