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Habiéndose aprobado inicialmente por este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de febrero de 1999, expediente para la aprobación de modificaciones puntuales al Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Barbate (aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en fecha 20 de enero de
1995), como consecuencia de ratificar anterior acuerdo plenario, de 19 de mayo de 1995, a fin de ajustar la realidad urbanística preexistente al PGMOU a las determinaciones del mismo, superando definitivamente las contradicciones existentes entre el Plan y la realidad fáctica, muy anterior a éste, en este término municipal. De conformidad a lo previsto en el artículo 114 de la Ley del Suelo de Andalucía, de 18 de junio de 1997, en relación con lo establecido en el artículo 128 de la misma, se expone al público en el Servicio Municipal de Urbanismo, sito en la Avenida de José Antonio, núm. 40, de esta localidad el mentado expediente, durante el plazo de un mes, contado a partir de la última inserción de este Edicto en los Boletines Oficiales de la Provincia y de la Comunidad Autónoma, al objeto de que las personas interesadas puedan formular las observaciones, reclamaciones o reparos que estimen oportunos.
Barbate, 18 de marzo de 1999.- El Alcalde.
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