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Intentadas sin efecto las notificaciones de la propuesta, Resolución y liquidación formuladas en el expediente sancionador que se detalla, por supuestas infracciones a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26-11-92, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo; significándole que en el plazo de un mes queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, Pza. Isabel la Católica, 9, de Huelva; pudiendo formular recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia. Le comunico que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha en que la Resolución que la impone adquiera firmeza en vía administrativa, mediante carta de pago, en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Huelva o en cualquier entidad colaboradora, con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar los descubiertos para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio.
Expediente H-27/99-BO.
Persona o entidad denunciada y domicilio: Juan Miguel Casado Rivero, Bda. del Mar. Blq., 1º B, Isla Cristina (Huelva).
Hechos probados: El día 9 de febrero de 1999 a las 13,00 horas, en la C/ Ayamonte, de Isla Cristina, se encontraba don Juan Miguel Casado Rivero ofreciendo para su venta cupones de los denominados Fama, encontrándose en posesión de nueve y uno de ellos. Manifestando que tenía noventa más en su domicilio, que entregó más tarde en las dependencias de la Guardia Civil de esa localidad.
El día 12 de febrero de 1999 a las 12,00 horas, en la Avda. de José Antonio de la referida localidad se encontraba el mismo interesado ofreciendo para su venta los mismo cupones, encontrándose en posesión de veintiséis de ellos, más tres de fechas anteriores.
Dichos cupones se refieren a la celebración de un sorteo no autorizado.
Infracción: Arts. 4 a 7 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, sobre Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tipificación: Art. 30.4 de la Ley 2/1986, de 19 de abril. Sanción: Una multa de 40.000 ptas.
Huelva, 20 de abril de 1999.- El Delegado, Juan Ceada Infantes.