Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Visto el proyecto de la planta de micronización de mármol que la entidad, S.A. Reverté Productos Minerales, pretende instalar en el término de Albox, de la provincia de Almería, y en que concurren los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. Con fecha 29 de junio de 1997, la Delegación Provincial de Almería remite a esta Dirección General, proyecto de la planta de micronizado de mármol, para la que es requerida por el Servicio de Minas de esta Dirección General, según escrito de fecha 6 de noviembre de 1997, la necesidad de trámite de Evaluación de Impacto Ambiental.
Segundo. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Almería, con fecha 23 de julio de 1998, informa favorablemente el expediente, estableciendo medidas de seguimiento de la actividad dentro de los límites permisibles.
Tercero. La Delegación Provincial de Almería, remite lo actuado con fecha 21 de abril de 1999, con la propuesta favorable al citado proyecto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conocer y resolver a tenor de lo dispuesto en el art. 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías; Decreto 316/1996, de 2 de julio, de Estructura Orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria, y expresamente por lo dispuesto en los artículos 111 de la Ley de Minas y 138 de su Reglamento.
Segundo. La planta de micronizado, por estar incluida en el Anexo 2.12, último párrafo, del R.D. 1131/1998, de 30 de septiembre, y en el punto 28 del Anexo del Decreto 153/1996 del Reglamento del Informe Ambiental, precisa de expediente de Informe Ambiental.
Vista la Ley de Minas 22/1973, de 21 de julio, Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, y demás disposiciones legales de pertinente y general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas
RESUELVE
Primero. Autorizar la instalación del establecimiento de micronización de piedra natural solicitado por la empresa S.A. Reverté Productos Minerales, en el término de Albox, de acuerdo con el proyecto presentado con la supervisión técnica de la Delegación Provincial de Almería, la cual realizará si procede la puesta en servicio de la misma, y el seguimiento del cumplimiento de las Normas Básicas de Seguridad.
Segundo. Por la Delegación Provincial se completará la tramitación realizando las publicaciones y notificaciones regladas al BOJA y a los interesados y posibles afectados.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1 y 114.1 de la Ley
4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Almería, 11 de mayo de 1999.- El Delegado, Blas Díaz Bonillo.