Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 5/6/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 5 de mayo de 1999, por la que se hace público el reajuste de la subvención a favor del promotor público Prosuvisa, SL (Empresa Municipal para la Promoción de Suelo y Viviendas en Santiponce), para la construcción de 26 viviendas de Protección Oficial de régimen especial en alquiler, en Santiponce (Sevilla), al amparo del Decreto que se cita.

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Ilmos. Sres.:

Por Orden de 12 de diciembre de 1996, y al amparo del Decreto

119/1992, de 7 de julio, se hizo pública una subvención de

188.089.437 ptas. (ciento ochenta y ocho millones ochenta y nueve mil cuatrocientas treinta y siete pesetas), a favor de Prosuvisa, S.L. (Empresa Municipal para la Promoción de Suelo y Viviendas en Santiponce), para hacer frente a la amortización del préstamo cualificado para la construcción de 26 viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler en Santiponce (Sevilla), de las cuales 123.381.388 ptas. (ciento veintitrés millones trescientas ochenta y una mil trescientas ochenta y ocho pesetas), correspondía al principal del préstamo y el resto a intereses.

Previa Resolución Administrativa de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Sevilla, el Ministerio de Fomento concedió una subvención de 35.633.665 ptas. (treinta y cinco millones seiscientas treinta y tres mil seiscientas sesenta y cinco pesetas) correspondiente al 25% del precio máximo al que hubieran podido venderse las viviendas en el momento de su Calificación Definitiva, en virtud de lo establecido en el artículo 20.1, apartado b), del Real Decreto

1932/1991, de 20 de diciembre.

El mencionado Real Decreto, en su artículo 20.3, estipula que si la suma de los importes del préstamo cualificado y de la subvención concedida excediera del coste real de las actuaciones, excluido el del suelo, los excesos deberán aplicarse al reembolso anticipado del préstamo cualificado. En este caso, el exceso a reembolsar asciende a 11.053.620 ptas. (once millones cincuenta y tres mil seiscientas veinte pesetas).

En consecuencia, teniendo en cuenta el cumplimiento de todas las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Reajustar el principal del préstamo cualificado a la cantidad de 112.327.768 ptas. (ciento doce millones trescientas veintisiete mil setecientas sesenta y ocho pesetas), por lo que las anualidades de la subvención para hacer frente a la amortización del mismo quedan tal como expresa el cuadro adjunto, cuadro que sustituye al que figura en la Orden ya publicada y referida anteriormente.

Segundo. Autorizar al Sr. Viceconsejero a que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 5 de mayo de 1999

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]