Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vistas las reclamaciones presentadas en relación a los listados provisionales de admitidos y excluidos de la ayuda con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 1998, modalidad Protésica y Odontológica, referidos al personal funcionario y no laboral, tienen lugar los siguientes
H E C H O S
Primero. Que mediante Resolución de 6 de noviembre de 1998 (BOJA núm. 130, del día 14), se hicieron públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos relativos al personal funcionario y no laboral y referidos a la mencionada ayuda.
Segundo. Que a través de la citada Resolución se concedía un plazo de quince días naturales para que los interesados pudieran presentar las reclamaciones contra el contenido de los listados provisionales, que estimaran pertinentes.
A tales Hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. La Disposición Adicional de la Orden de la Consejería de Gobernación, de 10 de julio de 1996 (BOJA núm. 85, del día 25), por la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social y por la que se establece la competencia de esta Dirección General para conocer y resolver en este asunto.
II. Artículos 8 y siguientes del Reglamento de Ayudas de Acción Social aprobado por Orden de la Consejería de Gobernación de 10 de julio de 1996 (BOJA núm. 85, del día 25) que regulan la Ayuda Protésica y Odontológica, en relación con el artículo 5 del mismo texto, que establece el procedimiento de adjudicación de las ayudas de Acción Social.
III. Artículo 4.1 del citado Reglamento, mediante el que se establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio, de esta modalidad de ayuda.
Vistos los Hechos y Fundamentos de derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Dirección General
R E S U E L V E
Publicar los listados definitivos del personal funcionario y no laboral, admitido para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 1998, en la mencionada modalidad de Protésica y Odontológica, así como de los excluidos de tal modalidad de ayuda, con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos quedarán expuestos en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía de las distintas provincias.
Contra lo establecido en la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de diciembre de 1998.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.
Descargar PDF