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El Ilmo. Sr. Director General de Transportes, con fecha 17 de noviembre de 1998, ha resuelto otorgar definitivamente a Torres Hermanos Vega de Granada, S.L., la concesión de un servicio público regular permanente y de uso general de transporte de viajeros por carretera entre Belicena y Granada con hijuelas (VJA-081), por sustitución de la concesión V-
69:JA-009, (EC-JA-111), con arreglo, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
I. Itinerario.
Belicena-Granada por Ambroz, con paradas en Belicena, Purchil, Ambroz, Emp. Ambroz, Cúllar-Vega, Churriana de la Vega, Armilla y Granada.
Belicena-Granada sin pasar por Ambroz, con paradas en Belicena, Purchil, Emp. Ambroz, Cúllar-Vega, Churriana de la Vega, Armilla y Granada.
Belicena-Granada por Urb. El Ventorrillo, con paradas en Belicena, Urb. El Ventorrillo, Hijar, Cúllar-Vega, Urb. San Javier, Churriana de la Vega, Armilla y Granada.
Prohibiciones de tráfico.
De y entre Churriana de la Vega y Granada y viceversa.
II. Expediciones y calendario.
Las expediciones que con su respectivo calendario se detallan en la concesión.
III. Tarifa máxima ordinaria.
Tarifa partícipe-empresa: 7,6058 ptas./viaj.-km.
Exceso de equipajes y encargos: 1,1408 ptas./10 kg-km o fracción.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el
Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 19 de noviembre de 1998.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.
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