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El Decreto 146/1998, de 7 de julio, por el que se regulan las bases de creación, organización y funcionamiento de las Oficinas de Respuesta Unificada para las pequeñas y medianas empresas, establece que mediante Orden de la titular de la Consejería de Gobernación y Justicia se podrán crear dichas Oficinas, quedando éstas adscritas a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.
Por otra parte, el IV Acuerdo de Concertación Social de Andalucía, firmado el pasado 24 de mayo, incluye, dentro de las medidas de agilización de trámites administrativos, la creación de las Oficinas de Respuesta Unificada para las pequeñas y medianas empresas.
Dichas Oficinas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
3, apartado 2, del Decreto 146/1998, se crearán cuando se den las condiciones adecuadas de existencia de personal con formación, medios materiales y organización para el cumplimiento de sus objetivos.
En este sentido, se están tomando las medidas adecuadas en materia de personal para poner en funcionamiento, en un plazo razonable, las Oficinas de Respuesta Unificada para las pequeñas y medianas empresas en Jaén, Cádiz y el Campo de Gibraltar, por lo que se hace necesario crear tres puestos de Coordinadores, que llevarán a cabo todas las tareas de supervisión de las mencionadas oficinas.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo
26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda y a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de junio de 1999,
DISPONGO
Artículo 1. 1. Se crean los puestos de Coordinadores de las Oficinas de Respuesta Unificada para las pequeñas y medianas empresas en Jaén y Cádiz adscritos a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía de cada una de estas provincias.
2. Asimismo, se crea el puesto de Coordinador de la Oficina de Respuesta Unificada para las pequeñas y medianas empresas en el Campo de Gibraltar, adscrito orgánicamente a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz y funcionalmente a la Subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de Gibraltar.
Artículo 2. Los puestos recogidos en el artículo anterior serán provistos mediante nombramiento eventual, siendo su régimen jurídico el que se determina en los artículos 28 y 47 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Serán nombrados, dentro de las disponibilidades presupuestarias, por la titular de la Consejería de Gobernación y Justicia a propuesta, en cada caso, del titular del órgano al que estarán adscritos.
Artículo 3. A los Coordinadores de las Oficinas de Respuesta Unificada para las pequeñas y medianas empresas de Jaén, Cádiz y el Campo de Gibraltar les corresponderán las responsabilidades del funcionamiento de las Oficinas y de la coordinación de las mismas con el resto de las dependencias de la Junta de Andalucía, bajo la supervisión del Secretario General de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.
Artículo 4. Los Coordinadores de las Oficinas de Respuesta Unificada para las pequeñas y medianas empresas tendrán unas retribuciones equivalentes a las de un funcionario de Grupo A, con complemento de destino de nivel 24 y complemento específico de 1.408.912 pesetas, por los factores de responsabilidad, dificultad, dedicación e incompatibilidad.
Disposición Final Unica. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de junio de 1999
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia