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En el expediente instruido al efecto por el Ilmo. Ayuntamiento de Linares (Jaén) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22 y 47 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.
Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, cuando su cuantía no exceda del 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, de desconcentración de competencias.
En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:
Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante permuta acordada por el Ayuntamiento de Linares (Jaén), en sesión ordinaria celebrada el día 12 de abril de 1999, de los siguientes bienes:
- Descripción del bien municipal: Local sito en C/ Bailén, s/n, segregado de nave industrial de propiedad municipal, con una superficie totalmente construida de 218 m¯.
Linderos: A la derecha entrando y al fondo con nave de la que se segrega y a la izquierda con casa número 7 de la C/ Andrés Segovia.
Inscrito en el Registro de la Propiedad de Linares; Tomo 710, Libro 708, Folio 15, Finca 13.187N.
- Descripción del bien particular: Finca urbana sita en C/ Iglesia, 6, con una superficie construida de 220 m¯ sobre parcela de 231 m¯.
Linderos: A la derecha entrando con C/ Iglesia, 4; A la derecha con C/ D. Luis y al fondo con casa número 17 de C/ D. Luis.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Linares; Tomo 290, Libro 288, Folio 218, Finca 11.442.
Valor pericial equivalente de ambos bienes: Ocho millones ochenta y cinco mil quinientas treinta y dos pesetas (8.085.532 ptas.).
Notifíquese la presente Resolución al Excmo. Ayuntamiento de Linares y remítase al BOJA para su publicación.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al que tenga lugar su notificación o publicación de la misma en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 25 de mayo de 1999.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.