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Dada la imposibilidad de practicar la notificación a las personas indicadas a continuación, se les hace saber a través de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en virtud del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que a efectos de la Revisión anual de las Ayudas Asistenciales por Ancianidad/Enfermedad para acreditar que el beneficiario/a sigue reuniendo los requisitos exigidos para la confirmación del Derecho a estas Ayudas, deberán efectuar ante la Delegación Provincial la Acreditación de Vivencia, mediante certificado de Fe de vida o personación ante un funcionario de la Administración, dentro de los 15 días siguientes a la esta publicación.
Al objeto de conocer el contenido exacto del Requerimiento, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales (IASS), de Málaga; Avda. Manuel Agustín Heredia, núm. 26, 4ª planta, en Málaga, y en el plazo de un 15 días a partir de la notificación de este Edicto.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Málaga, 28 de mayo de 1999- La Delegada, Ana Paula Montero Barquero.