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Por Resolución de 29 de julio de 1987, se creó el Registro de Contratistas del Servicio Andaluz de Salud, al que podían inscribirse aquellos licitadores que fueran a concurrir a adjudicaciones de contratos administrativos de este Organismo, con la finalidad de simplificar la documentación exigida, relativa a la acreditación de la personalidad, capacidad de la empresa, y clasificación en su caso.
Por parte de la Consejería de Economía y Hacienda se crea, mediante el Decreto 189/1997, de 22 de julio, el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en cuyo artículo 1.1.a) se establece que dicho Registro, dependiente de la Dirección General de Patrimonio, tiene por finalidad simplificar los procedimientos administrativos de contratación que tramiten, entre otros, los organismos autónomos de la administración de la Junta de Andalucía. En cumplimiento de lo cual, el Servicio Andaluz de Salud teniendo dicha naturaleza en virtud de lo preceptuado en la Ley de Salud de Andalucía 2/98, de 15 de junio, artículo 64, integra su Registro con el objetivo de armonizar la garantía de los derechos de los ciudadanos en la materia, los que obtendrán una mayor cobertura, dado que la inscripción en el Registro de Licitadores se extiende a todo el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma, y todo ello dentro del marco, de una norma con superior rango, Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, y del Real Decreto
390/96, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la misma.
El Decreto 189/97, de 22 de julio, entró en vigor el 31 de octubre de 1997, fecha desde la cual el Registro del Servicio Andaluz de Salud se consideró cerrado a nuevas altas, iniciándose un período de transitoriedad durante el cual se han mantenido vigentes las fichas de contratistas, hasta que se publique la Resolución que acuerde su desaparición en los Boletines Oficiales.
En este período transitorio se ha producido a traspasar la documentación y fichas actualizadas y válidas del Registro de Contratista a favor de la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Economía y Hacienda, con la comunicación a las empresas afectadas a fin de que confirmen la solicitud de inscripción en el Registro de Licitadores y completen en su caso, la documentación exigida en el Decreto 189/97, de 22 de julio, concediéndoles plazo de un mes a partir de su notificación.
De conformidad con lo expuesto, culminado el proceso de revisión y clasificación de la documentación obrante en Registro de Contratistas del Servicio Andaluz de Salud, llevado a efectos en coordinación con la Dirección General de Patrimonio, y habiendo transcurrido el plazo mencionado para conformar la inscripción en el Registro de Licitadores; esta Dirección Gerencia, en virtud de la competencias que le viene atribuida por la Ley 2/98, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y art. 11 del Decreto 317/96, de 2 de julio, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,
R E S U E L V E
Primero. Dejar sin efecto la Resolución de 29 de julio de
1987, por la que se creó el Registro de Contratistas del Servicio Andaluz de Salud, declarando por tanto canceladas todas las Fichas de dicho Registro.
La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.
Sevilla, 21 de mayo de 1999.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.