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La Orden de 22 de diciembre de 1998 (BOJA núm. 6, de 14 de enero de 1999) regula las normas por las que se han de regir la concesión de subvenciones a Entidades Locales Andaluzas para mejora de su infraestructura municipal en el ejercicio de 1999, con cargo a los créditos consignados en el concepto presupuestario 765.00.81A2, del presupuesto de la Consejería de Gobernación y Justicia.
Por los Ayuntamientos, que más adelante se expresarán, se han formulado, ante esta Delegación del Gobierno, las correspondientes solicitudes para la concesión de este tipo de subvenciones, al amparo de la mencionada Orden.
Vistos los expedientes tramitados al respecto por esta Delegación del Gobierno y teniendo en cuenta las atribuciones que me están conferidas por Decreto 117/1989, de 31 de mayo, y por la competencia delegada por Orden de la Consejería de Gobernación de 11 de marzo de 1992 (BOJA del), así como lo previsto en el Título VIII de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, introducido por la Ley 7/1996, de 31 de julio (BOJA de 11 de agosto), del Presupuesto de nuestra Comunidad para 1996, esta Delegación del Gobierno, en virtud de la competencia delegada que tiene atribuida por el art. 9.1 de la Orden de 22 de diciembre de
1998 (BOJA núm. 6, del 14 de enero de 1999),
R E S U E L V E
Primero. Dar publicidad a la concesión a cada una de las Entidades Locales que se detallan en el Anexo I, por los importes que asimismo se expresan, de una subvención con destino a sufragar los gastos derivados de la mejora de su infraestructura, con la finalidad concreta que igualmente se indica.
El importe global de las subvenciones concedidas asciende a setenta y dos millones seiscientas veinticinco mil pesetas (72.625.000 ptas.).
Segundo. Las subvenciones otorgadas se harán efectivas con cargo a los créditos consignados en el concepto presupuestario
765.00.81A2 mediante el abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, librándole el 25% restante, una vez haya sido justificado el libramiento anterior.
Tercero. Las Entidades Locales beneficiarias de estas subvenciones, conforme dispone el art. 105 de la citada Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía, y art. 16 de la Orden de 22 de diciembre de 1998 (BOJA núm. 6, del 14 de enero de 1999), se comprometen a lo siguiente:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la presente subvención, acreditando ante esta Delegación del Gobierno la aplicación de los fondos en la forma y plazos establecidos en la presente Resolución.
b) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Gobernación y Justicia, sin perjuicio de los de control que corresponda al Tribunal de Cuentas, a la Cámara de Cuentas de Andalucía y a la Intervención General de la Junta de Andalucía.
c) Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como la alteración a que se refiere al art. 110 de la LGHPA.
Cuarto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones de la presente Resolución y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de las Resoluciones de concesión.
Quinto. El importe de las subvenciones concedidas, en ningún caso podrá su cuantía, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superar el coste de la actividad o actuación desarrollada por las Entidades Locales beneficiarias.
Sexto. Conforme a lo establecido en el art. 17 de la Orden de
22 de diciembre de 1998 (BOJA núm. 6, del 14 de enero de 1999), y en el art. 112 de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía, procederán las Entidades Locales beneficiarias a reintegrar las cantidades percibidas y abonar el interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de la obligación de justificación.
b) Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a los
beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención.
e) La negativa u obstrucción a las actuaciones de control establecidas en el art. 85 bis de la LGHPA.
Igualmente, en el supuesto contemplado en el punto quinto de la presente Resolución y en el art. 111 de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada.
Respecto a la responsabilidad en caso de reintegro y a la competencia para acordar el mismo se estará a lo dispuesto en los arts. 113, 114 y 115 de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía y el régimen sancionador en materia de
subvenciones y ayudas públicas será el establecido en el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, de conformidad con lo previsto en el art. 116 de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía.
Séptimo. En el plazo de seis meses, desde su percepción se justificará el primer pago mediante certificación, en la que conste haber sido registrado en la contabilidad de la Entidad Local beneficiaria la cantidad percibida, con indicación expresa del asiento contable practicado y la fecha del mismo, y certificación acreditativa de los gastos realizados en obras ejecutadas por la propia Administración o, en su caso,
justificantes de los pagos destinados a la adquisición de bienes inventariables, todo ello hasta el límite del importe efectivamente abonado en el primer pago de la subvención.
Octavo. En el plazo de seis meses, desde la percepción del segundo pago, se justificará el mismo debiendo aportar la siguiente documentación: Certificación en la que conste haber sido registrado el ingreso en la contabilidad de la Entidad Local beneficiaria, con expresión del asiento contable
practicado y la fecha del mismo; y Certificación acreditativa del resto de los gastos efectuados en base a las
certificaciones de obras ejecutadas, justificantes de los gastos realizados en obras ejecutadas por la propia
Administración con cargo al segundo pago, y en ambos casos la Certificación final de las obras realizadas, o, en su caso, justificantes del resto de los gastos destinados a la
adquisición de bienes inventariables e inscripción de los mismos en el Inventario de Bienes de la Corporación.
Para la justificación regirá lo dispuesto en el art. 38 y siguientes del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril (BOJA de 10 de junio).
Noveno. La Resolución de concesión se notificará a las
Entidades Locales beneficiarias y se publicará tanto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como en el tablón de anuncios de esta Delegación del Gobierno.
Décimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo en Córdoba, a tenor de lo previsto en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Córdoba, 4 de mayo de 1999.- El Delegado, Luis Hidalgo Reina.
ANEXO I
ENTIDAD LOCAL ACTUACION SUBVENCIONABLE IMPORTE CONCEDIDO
E.A.T.I.M. Obras de construcción de nave- 2.000.000.- FUENTE almacén municipal (2ª fase)
CARRETEROS
AYTO. ADAMUZ Adquisición de mobiliario urbano 2.000.000.-
AYTO. Adquisición de máquina Dumper para 2.050.000.- ALCARACEJOS los servicios municipales.
AYO. Sustitución del Reloj de Carrillón 3.143.796.- ALMEDINILLA e iluminación de la torre.
AYTO. AÑORA Adquisición e instalación de 2.760.423.- climatización en Casa de la Cultura
AYTO. Adquisición de mobiliario y 1.122.371.- BELALCAZAR equipamiento para la casa de la
Juventud y para edificio de Servicios
Múltiples.
AYTO. LOS Instalación de Calefacción en 2.271.660.- BLAZQUEZ Colegio Público
AYTO. BUJALANCE Adquisición de estanterías para 575.695.- el Archivo Histórico
AYTO. CABRA Adquisición de un vehículo para 2.000.000.- la Policía Local
AYTO. CAÑETE DE Adquisición de mobiliario para 661.325.- LAS TORRES la Casa Consistorial.
AYTO. CARDEÑA Obras de reparación y reforma 2.000.000.- del Centro de Convivencia
AYTO. LA CARLOTA Adquisición de equipameinto 2.000.000.- informático para oficinas
municipales.
AYTO. CONQUISTA Obras de mejora en la 2.000.000.- Infraestructura de caminos
municipales.
AYTO. ENCINAS Adquisición de equipamiento y 2.500.000.- REALES mobiliario para la nueva sede de la
Casa Consistorial.
AYTO. FUENTE Obras de reconstrucción de la 2.000.000.- PALMERA Fuente (Pérgola en Calle Fuente)
AYTO. FUENTE Sustitución e iluminación del 2.305.746.- TOJAR Reloj de Carrillón de la Casa
Consistorial.
AYTO. LA Proyecto de sustitución de 2.675.200.- GRANJUELA carpintería exterior de madera, de
instalación de persianas y de
climatización en la Casa Consistorial.
AYTO. Adquisición de mobiliario para 3.000.00.- GUADALCAZAR equipar el edificio destinado a Casa
de la Cultura.
AYTO. EL GUIJO Instalación de calefacción en 1.228.950.- Colegio Público "Virgen de las
Cruces"
AYTO. HINOJOSA Adquisición de vehículo para la 4.000.000.- DEL DUQUE Policía Local y acondicionamiento de
dependencia municipal donde se ubica
el Juzgado.
AYTO. Obras de ampliación de 1.733.731.- MONTEMAYOR acondicionamiento del Archivo Municipal y de la 2ª fase de rehabilitación de
la fachada de la Casa Consistorial.
AYTO. MONTURQUE Proyecto de ejecución de acerados 2.500.000.- en C/ Viña y en la margen derecha
de la C/ Canalejas.
AYTO. MORILES Obras para construcción de nichos 3.000.000.- en Cementerio Municipal y obras de
pavimentación asfáltica de varias
calles.
AYTO. Adquisición de mobiliario de oficina 440.800.- PALENCIANA y fotocopiadora para el Ayuntamiento.
AYTO. Proyector de Colector desde Ronda 3.022.558.- POZOBLANCO de Circunvalación hasta Emisaria
Trasera a Ronda de Plaza de Toros.
AYTO. SANTA Adquisición de farolas y proyectores 2.496.712.- EUFEMIA para el alumbrado del Paseo de la
Muralla, y adquisición de fotocopiadora
para los servicios municipales.
AYTO. Adquisición de mobiliario urbano y 1.313.123.- TORRECAMPO equipamiento para Parque Infantil.
AYTO. Financiar obras para el sellado de 1.000.000.- VALENZUELA vertederos pequeños existentes en
el Casco Urbano.
AYTO. Adquisición de equipamiento para la 1.000.000.- VALENZUELA Guardería Temporera y para la Piscina
Municipal.
AYTO. Adquisición de material informático 1.005.500.- VALENZUELA y de oficina para el Ayuntamiento.
AYTO. Adquisición de hormgonera motor 468.640.- VALSEQUILLO diesel y de hormigonera eléctrica.
AYTO. Adquisición de vehículo para la 2.025.000.- VILLAFRANCA Policía Local.
DE CORDOBA
AYTO. Adquisición de escenario desmontable 1.998.970.- VILLAHARTA y modulado para utilización municipal.
AYTO. Obras para construcción de Nave 3.000.000.- VILLANUEVA Polivalente (3ª Fase)
DEL REY