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Visto el expediente administrativo núm. 025/95, instruido para la Clasificación de las Vías pecuarias del término municipal de Vera (Almería), iniciado por Acuerdo de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, con fecha
8 de mayo de 1989, y finalizado por Orden del Consejero de Medio Ambiente, de 6 de marzo de 1995, por la que se aprobó la referida Clasificación.
Considerando la Sentencia de 4 de mayo de 1998, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, declarada firme por el mismo Tribunal, con fecha 31 de mayo de 1999, por la que se declara nula la precitada Orden de aprobación en lo que se refiere a la Clasificación de las vías pecuarias «Cañada Real de la Costa¯ y «Cordel del Camino Viejo de Lorca¯,
R E S U E L V O
Proceder al archivo del expediente administrativo de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Vera, en la provincia de Almería, en lo referente a la Clasificación de las vías pecuarias «Cañada Real de la Costa¯ y «Cordel del Camino Viejo de Lorca¯, en ejecución de la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía antes citada.
Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 8 de julio de 1999.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.