Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 05/08/1999

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 16 de julio de 1999, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca una beca para la formación y apoyo de personal de la Dirección de Recursos y Formación del Profesorado Universitario.

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De acuerdo con las actuaciones de la Universidad de Huelva en el desarrollo de la Dirección de Recursos y Formación del Profesorado Universitario, este Rectorado acuerda convocar una beca de acuerdo con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Objetivos.

Las becas tienen como objeto la formación y capacidad de apoyo de personal cualificado.

2. Beneficiarios.

Podrán solicitar esta beca quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española o pertenecer a alguno de los países miembros de la Unión Europea.

b) Estar matriculado en Segundo o Tercer Ciclo de Psicopedagogía y tener conocimientos de procesador de textos (Word) y de la base de datos (Access) del paquete de aplicaciones «Microsoft Office 97¯, a nivel de usuario.

3. Dotación.

La beca comprende una asignación de 50.000 pesetas brutas mensuales, incluido el seguro de accidente correspondiente. El disfrute de la beca será incompatible con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada e igualmente incompatible con cualquier relación contractual, en caso contrario, al beneficiario se le podría retirar el disfrute de la misma.

4. Pago de la beca.

El pago de la beca se hará al finalizar cada uno de los plazos mensuales. En caso de grave incumplimiento, se podrá limitar o suspender la satisfacción de las cantidades pendientes.

5. Duración.

La duración de la beca será de 6 meses, comenzando el disfrute de la misma el día de la incorporación del becario a la Institución, y concluyendo una vez transcurrido el plazo de tiempo establecido. La posible renovación de la misma quedará a criterio del Excmo. Sr. Vicerrector de Profesorado.

Mensualmente, podrá solicitarse un informe de actividad al becario, así como una memoria de evaluación de la misma.

A la finalización de la beca, el beneficiario tendrá derecho a una certificación acreditativa del disfrute de la misma.

6. Horario y desarrollo del disfrute de la beca. El horario será de 20 horas semanales, según las necesidades del servicio.

El beneficiario se compromete a cumplir el horario y las líneas de trabajo encomendadas, el régimen disciplinario interno de la Institución, y guardar las normas de seguridad e higiene en el trabajo en el período establecido.

En caso de producirse faltas de asistencia o de disciplina por parte del becario, se podrá proceder a la suspensión del disfrute de la beca, recibiendo el beneficiario la retribución proporcional al período disfrutado y perdiendo todo derecho a certificación acreditativa de la misma.

7. Permisos y licencias.

El beneficiario disfrutará de 15 días de vacaciones, correspondientes al período de duración de la beca.

8. Carácter de la beca.

La concesión de la beca no supone ningún tipo de vinculación contractual, laboral ni administrativa, ni de ninguna otra naturaleza entre el beneficiario y la Universidad de Huelva, ni implica compromiso alguno por parte de ésta.

9. Solicitudes y documentación.

Las solicitudes se formalizarán en el impreso cuyo modelo figura en el Anexo I, serán dirigidas al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Huelva y se presentarán en el Registro General de la misma (C/ Cantero Cuadrado, 6) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A dicha solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia de DNI.

b) Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación exigido, en original o fotocopia

debidamente compulsada.

c) Curriculum vitae del solicitante.

10. Selección y valoración de las solicitudes.

La selección se realizará por una Comisión Evaluadora nombrada al efecto y que estará constituida por el Excmo. Sr.

Vicerrector de Profesorado, que la presidirá por delegación del Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Huelva, y como Vocales el Director de Recursos y Formación del Profesorado Universitario, el Delegado del CARUH, y la Jefa de Sección de Planificación de Personal Docente, que actuará como Secretaria.

La Comisión Evaluadora considerará:

a) Titulación: Estar matriculado en Segundo o Tercer Ciclo de Psicopedagogía.

b) Expediente académico.

c) Conocimientos informáticos: Los señalados en el punto.b).

d) Cursos.

La Comisión Evaluadora se reserva la posibilidad de convocar a los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación, según baremo, a una entrevista personal.

11. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir de su publicación en el BOJA.

12. Publicación de las resoluciones.

La relación de aspirantes seleccionados se publicará, por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Universidad de Huelva; los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, en el tiempo y forma que se establezca.

13. Aceptación de la beca.

Los becarios deberán comunicar obligatoriamente la aceptación o renuncia a la beca. En caso de renuncia, una vez producida la incorporación, el becario percibirá la retribución proporcional al período de disfrute de la misma.

Huelva, 16 de julio de 1999.- El Rector, Antonio Ramírez de Verger Jaén.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]