Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 16/09/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE UBEDA

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UN PUESTO DE COORDINADOR O COORDINADORA DE PROGRAMAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES, VACANTE EN LA PLANTILLA DEL PATRONATO

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria, la provisión mediante concurso-oposición, del puesto de Coordinador o Coordinadora de Programas de los Servicios Sociales, vacante en la plantilla laboral del Patronato Municipal de Servicios Sociales de Ubeda (a partir de ahora PMSS). Puesto de trabajo incluido en la Oferta de Empleo Público de 1994 de dicho Patronato, y recogido en la plantilla de personal como Grupo B y nivel, cuya retribución será la fijada presupuestariamente.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición los/as aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o española.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Diplomado o Diplomada en Trabajo Social o en Profesorado de EGB o equivalente, o tener superados, los tres primeros cursos de las licenciaturas de Pedagogía, Psicología, Sociología o Psicopedagogía o equivalente, también conforme a los nuevos planes de estudio, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.

e) No haber sido separado ni separada mediante expediente disciplinario de la Administración Pública ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de la Función Pública.

f) No tener otro empleo en el sector público en el momento de la contratación si resultara designado o designada.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

1.º Las instancias, solicitando tomar parte en el concurso- oposición se dirigirán al Presidente del Patronato de Servicios Sociales de Ubeda, haciendo constar los/as aspirantes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, y vendrán acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos alegados. Dicha documentación deberá presentarse en sus originales o en fotocopias debidamente compulsadas en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento.

2.º También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.º Los/as aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso presentarán, junto a las instancias antes señaladas, los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el Anexo I de las bases de la presente convocatoria, y en la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.

4.º Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se referirán a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

5.º El plazo de presentación de instancias es de veinte días naturales, a partir del siguiente al de su publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

6.º Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado o interesada.

7.º Los derechos de examen que los/as aspirantes ingresaran al presentar la instancia, se fijan en la cantidad de 2.500 pesetas o lo que esté regulado, adjuntando a la misma el resguardo acreditativo de dicho ingreso en la Tesorería del Ayuntamiento, o bien mediante giro postal o telegráfico o mediante transferencia dirigida a la misma, de conformidad con el artículo 38.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente procederá a la aprobación de las listas de admitidos/as, y de excluidos/as, que serán expuestas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y publicadas en el BOP, pudiendo los y las aspirantes excluidos y excluidas, en el plazo de diez días previsto en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento

Administrativo, subsanar las deficiencias.

Quinta. El Tribunal Calificador.

1.º El Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Ubeda y en el BOP, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente, junto con la fijación del lugar, fecha y hora en que el Tribunal se constituirá para la resolución del concurso.

2.º El Tribunal Calificador estará formado por:

Presidente: El del Patronato Municipal de Servicios Sociales o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- Un representante del propio Patronato, designado o designada de entre los miembros integrantes de su Comisión Ejecutiva.

- Un técnico o una técnica de la Administración Local.

- Un técnico o una técnica del Patronato Municipal de Servicios Sociales, designado/a por el Presidente.

- Un técnico o técnica del Patronato, designado/a por los trabajadores y trabajadoras como representantes de éstos y éstas.

A tales efectos, todos los vocales serán de igual o superior categoría a la plaza objeto de la convocatoria.

Secretario: El del Patronato.

Además, podrán asistir con voz pero sin voto, un o una

representante de cada grupo político representado en el Patronato.

3.º La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos y respectivas suplentes.

4.º El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la

asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

5.º Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de la prueba selectiva a que hace referencia la base sexta de la presente convocatoria.

6.º Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

Sexta. Procedimiento de selección y calificación.

1.º El procedimiento de selección de los y las aspirantes constará de las fases de oposición y de concurso.

2.º La fase de oposición consistirá en la realización del siguiente ejercicio, siendo eliminatorio cuando no se alcance una puntuación mínima de cinco puntos.

El ejercicio es de carácter obligatorio, y consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, referido a las materias incluidas en las partes primera y segunda del Anexo II a las presentes bases, en un tiempo máximo de dos horas, pudiendo acudir para ello con el material que los y las aspirantes consideren necesario.

En el mismo día de la prueba y antes de su comienzo, el Tribunal elegirá al azar un supuesto práctico de tres

propuestos, redactados previamente.

3.º La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será calificada por el Tribunal, examinando las condiciones y méritos invocados por cada uno de los y las aspirantes en su solicitud, y evaluando los méritos acreditados con la

instancia.

4.º La fecha, lugar y hora de realización del ejercicio, se publicará en el BOP y en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento.

5.º Los y las aspirantes serán convocados y convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos y excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.º Los candidatos y las candidatas deberán acudir provistos y provistas del DNI, pasaporte o carné de conducir.

7.º El ejercicio práctico será calificado hasta un máximo de 10 puntos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, es de 0 a 10 puntos. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas y dividiendo el total por el número de miembros asistentes del Tribunal, siendo el cociente la calificación obtenida en el ejercicio.

Depreciándose, no obstante, las puntuaciones máximas y mínimas para evitar desviaciones en la nota final.

8.º Las calificaciones del ejercicio se harán públicas el mismo día en que se acuerden.

9.º El o la aspirante que hubiera obtenido la calificación más alta como resultante de la suma de las calificaciones obtenidas en el ejercicio de la fase de oposición y de la fase de concurso, será la persona propuesta por el Tribunal para su contratación laboral, siendo preciso para ello la obtención de un mínimo de 5 puntos totales en la fase de oposición. En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si persistiera el empate, se realizará una entrevista sobre la materia o funciones del puesto.

Séptima. Designación y presentación de documentos.

1.º El Tribunal elevará al Presidente del Patronato propuesta de contratación del o la aspirante que obtenga mayor

puntuación.

2.º El o la aspirante propuesto o propuesta, en el plazo de veinte días naturales, procederá a presentar los documentos acreditativos de reunir las condiciones exigidas en la base segunda.

3.º Una vez presentada dicha documentación, se procederá a la contratación de dicho o dicha aspirante, que se formalizará en contrato de trabajo de carácter fijo indefinido, que

suscribirán el contratado o la contratada y el Presidente del Patronato.

Octava. Base final.

En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo; Ley para la Reforma de la Función Pública, de 2 de agosto de 1984; Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de

Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo; Ley 1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y cuantas disposiciones sean de aplicación.

ANEXO I

BAREMO DE MERITOS

Núm. orden: 1. Puntuación máxima.

Titulación: 1 punto.

Núm. orden: 1.1. Puntuación relativa.

Por la posesión de otros títulos académicos de igual o superior nivel exigido, relacionados con el puesto de trabajo: 0,5 puntos por cada título.

Núm. orden: 2. Puntuación máxima.

Actividades de formación: 3 puntos.

Núm. orden: 2.1. Puntuación relativa.

- Por la presentación de ponencias, comunicaciones en cursos, jornadas o simposios de servicios sociales generales. La participación en una misma actividad docente como ponente y como director/a o coordinador/a en varias materias. Hasta 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,65 puntos

- De 201 o más o de 40 o más días: 1,30 puntos.

Núm. orden: 2.2. Puntuación relativa.

- Por la asistencia a cursos, jornadas, simposios o encuentros de servicios sociales generales. Hasta 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,05 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,20 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

- De 201 o más o de 40 o más días: 1 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

Núm. orden: 2.3. Puntuación relativa.

Por la realización de otras actividades formativas dentro de la profesión: 0,02 puntos por cada una.

Núm. orden: 3. Puntuación máxima.

Publicaciones: 1 punto.

Núm. orden: 3.1. Puntuación relativa.

Por la publicación de trabajos de servicios sociales generales referidos al ámbito municipal: 0,40 puntos por cada uno.

Núm. orden: 3.2. Puntuación relativa.

Por la publicación de trabajos sobre temas de la profesión:

0,10 puntos.

Sólo serán tenidas en cuenta aquellas publicaciones que cuenten, en general, con depósito legal, y, en particular, en el caso de libros, dispongan de ISBN.

Núm. orden: 4. Puntuación máxima.

Experiencia profesional: 5 puntos.

Núm. orden: 4.1. Puntuación relativa.

Por trabajos realizados en servicios sociales generales y directamente relacionados con el puesto al que se aspira, mediante certificación(es) expedida(s) por el organismo(s) competente(s): 1 punto por cada 12 meses.

Núm. orden: 4.2. Puntuación relativa.

En el ámbito privado, suficientemente acreditado(s) mediante el(los) correspondiente(s) contrato(s) visado(s) por el INEM:

0,60 puntos por cada 12 meses.

Núm. orden: 4.3. Puntuación relativa.

Por trabajos realizados en el ejercicio de la profesión en organismos públicos, mediante el(los) correspondiente(s) certificado(s) expedido(s) por el organismo(s) competente(s):

0,50 puntos por cada 12 meses.

Núm. orden: 4.4. Puntuación relativa.

En centros privados, suficientemente acreditado(s) mediante el(los) correspondiente(s) contrato(s) visado(s) por el INEM y el correspondiente certificado de estar en alta en la Seguridad Social: 0,30 puntos por cada 12 meses.

Las fracciones inferiores a seis meses se valorarán

proporcionalmente.

ANEXO II

TEMARIO

Parte primera. Derecho Administrativo y Político

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales, características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles y

españolas.

3. Administración Pública. Administración del Estado.

Administración Autónoma. Administración Local. Administración Institucional y Corporativa.

4. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

5. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

6. Organización municipal. Competencias. Especial referencia a competencia en materia de servicios sociales.

7. Formas de acción administrativa local: El Servicio Público. Formas de gestión de los servicios públicos.

8. El Patronato Municipal de Servicios Sociales.

9. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. Comunicación y notificación. El silencio administrativo.

10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.

11. Estatutos del Patronato Municipal de Servicios Sociales.

12. La Ley 2/1988, Ley de Servicios Sociales de Andalucía. Decreto 103/1989, por el que se desarrolla la creación de los Consejos de Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Decreto 172/90, que modifica el Decreto 103/89. Decreto 11/1992, por el que se establece la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios.

Parte segunda. Temario específico referido al puesto

1. Evolución histórica de los Servicios Sociales en Europa y en España. Definición de los Servicios Sociales hoy.

2. La Política Social Europea en el marco del Tratado de Maastrich. La Política Social en el Programa de Convergencia Europea.

3. El Sistema Público de Servicios Sociales. El Plan Concertado para las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales: Concepto y desarrollo.

4. El Sistema Público de Servicios Sociales Municipales. La red mínima de servicios y prestaciones sociales: Concepto,

funciones, servicios, programas, estructura técnica y

administrativa.

5. Los Servicios Sociales Comunitarios: Concepto, objetivos, funciones, servicios y equipamientos. Los Centros de Servicios Sociales.

6. La investigación social: Conceptos, métodos y técnicas. Campos. Objetivos. Aplicaciones. Análisis de las necesidades sociales en el ámbito de actuación de un Centro de Servicios Sociales.

7. Programación, planificación, gestión y evaluación en servicios sociales. Evaluación de la eficacia y eficiencia. Indicadores y medidas de calidad en servicios sociales.

8. Metodología de la intervención social: Métodos y técnicas. Técnicas de supervisión y seguimiento del trabajo social en los programas de los Servicios Sociales Comunitarios.

9. El trabajo interdisciplinar y el trabajo en equipo en los centros de Servicios Sociales.

10. Servicio de Información, Valoración, Orientación y

Asesoramiento (SIVOA): Definición, objetivos, cobertura, características y funciones. Necesidades y demandas y recursos que las protegen. Procedimientos técnico-administrativos de acceso e intervención.

11. Guía de recursos sociales en la provincia de Jaén.

Indicadores de investigación-diagnóstico, de supervisión y evaluación de resultados de implantación y desarrollo. Una aproximación a la aplicación informática del SIVOA.

12. El Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD): Definición, objetivos, cobertura, características y funciones.

Procedimientos técnico-administrativos de acceso e

intervención.

13. Indicadores de investigación, diagnóstico, de supervisión y evaluación de resultados de implantación y desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio. Una aproximación a la aplicación informática del SAD.

14. Las Prestaciones Complementarias (PP.CC.): Definición, objetivos, cobertura, características y funciones.

Procedimientos técnico-administrativos de acceso e

intervención.

15. Indicadores de investigación, diagnóstico, de supervisión y evaluación de resultados de implantación y desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio. Una aproximación a la aplicación informática del SAD.

16. El Servicio de Convivencia y Reinserción Social (SCRS): Definición, objetivos, cobertura, características y funciones. Procedimientos técnico-administrativos de acceso e

intervención.

17. Indicadores de investigación, diagnóstico, de supervisión y evaluación de resultados de implantación y desarrollo del Servicio de Convivencia y Reinserción Social. Una aproximación a la aplicación informática del SCRS.

18. El Servicio de Promoción y Cooperación Social (SPCSD): Definición, objetivos, características y funciones.

19. El asociacionismo, la participación y el voluntariado social: Proyectos y actividades de fomento del asociacionismo; proyectos y actividades de fomento de la participación, el voluntariado y la autoayuda.

20. Prevención de la marginación e inserción social: Objetivos, contenidos y metodologías de un programa básico.

21. Actividades preventivas y asistenciales con la infancia. Protocolos de coordinación entre los Servicios Sociales Comunitarios, Servicios Sociales especializados y otros sistemas de protección social a los menores.

22. Investigación, diagnóstico y proyectos de intervención socioeducativa con menores susceptibles y objeto de riesgo social. Definición, objetivos, cobertura, características y funciones.

23. Estructura y fases de implantación y desarrollo con la comunidad de los proyectos de intervención socioeducativa con menores de riesgo social. Desarrollo específico e

implementación coordinada. Indicadores y criterios de

evaluación.

24. Las dificultades y los trastornos del aprendizaje.

Definiciones. Identificación de los trastornos del aprendizaje.

25. Los Servicios Sociales como sistema de protección social complementaria. Procedimientos y estrategias de intervención socioeducativa.

26. Investigación, diagnóstico y proyectos de intervención socioeducativa con familias susceptibles y objeto de riesgo social. Definición, objetivos, cobertura, características y funciones.

27. Estructura y fases de implantación de desarrollo con la comunidad de proyectos de intervención socioeducativa con familias de riesgo. Desarrollo específico e implementación coordinada. Indicadores y criterios de evaluación.

28. Investigación, diagnóstico y proyectos socioeducativos y ocupacionales como instrumentos para el acceso a la formación y al empleo de los jóvenes.

29. Estructura y fases de implantación y desarrollo con la comunidad de los proyectos socioeducativos y ocupacionales con jóvenes. Desarrollo específico e implementación coordinada. Indicadores y criterios de evaluación.

30. Intervención comunitaria y desarrollo de igualdad de oportunidades con el sector de la mujer. Estructura y fases de implantación. Aprovechamiento específico y coordinado de los recursos e implementación comunitaria con el sector de la mujer. Indicadores y criterios de evaluación.

31. Investigación, diagnóstico y proyectos de intervención socioeducativa y ocupacional con personas de edad avanzada.

32. Fundamentos básicos para la elaboración de programas de intervención social con personas de edad avanzada, desde una perspectiva integral y coordinada. Estructura y fases de implantación y desarrollo con la comunidad.

33. Igualdad de oportunidades sociales y educativas. Conceptos y nociones de igualdad de oportunidades. Factores que

intervienen en la desigualdad de oportunidades sociales y educativas.

34. Criterios para la corrección de los factores de riesgo que intervienen en la desigualdad de oportunidades. Recursos y prestaciones directas y afines.

35. Fundamentos, objetivos, recursos, procedimientos y

estrategias de intervención socioeducativa con menores gitanos. Estructura y fases de implantación y desarrollo con la

comunidad gitana y la comunidad paya. Desarrollo específico e implementación coordinada de los proyectos y estrategias de intervención socioeducativa con menores gitanos. Indicadores y criterios de evaluación.

36. Prevención de drogodependientes. Protocolo de derivación y seguimiento de drogodependientes en tratamiento específico.

37. Recursos y criterios para la reinserción coordinada de los y las drogodependientes en los municipios.

38. La animación sociocultural y el desarrollo de la comunidad. El ámbito territorial y las comunidades como marco de la animación socio-cultural. Preparación de la comunidad para su participación y desarrollo.

39. Planificación y organización de los servicios sociales. Necesidades de la planificación, capacidad y límites. Modelos y metodologías de la planificación.

40. Concepto y elementos de la organización de los

servicios sociales. Estructura organizacional. La coordinación de los Centros de Servicios Sociales.

41. Plan de Servicios Sociales de Andalucía (Junta de

Andalucía, Consejería de Asuntos Sociales).

42. Los Servicios Sociales Municipales como eje de la

planificación e integración de programas y acciones de

bienestar social. Areas de trabajo en el ámbito del bienestar social.

43. Criterios de sistematización y coordinación del trabajo interáreas. Coordinación de programas, y coordinación de estructuras técnico administrativas.

44. Los grupos y sus estructura. El trabajo en grupos. Técnicas de trabajo en grupos y técnicas de reuniones de trabajo. Metodología de la intervención. Evaluación de trabajo en grupos.

45. Las Unidades de Trabajo Social (U.T.Ss.): Definición, estructura orgánica, funcional y organizativa. La función específica e interdisciplinar de los trabajadores y las trabajadoras sociales y de los educadores y educadoras de calle.

46. Orden de 29 de febrero de 1996, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía, en desarrollo del Decreto

87/1996, de 20 de febrero (BOJA núm. 41, de 3 de abril).

47. Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y atención del menor (BOJA núm. 53, de 12 de mayo).

48. Ley 6/1999, de 7 de julio, de atención y protección a las personas mayores (BOJA núm. 87, de 29 de julio).

49. Ley 4/1997, de prevención y asistencia en materia de drogas (BOJA núm. 83, de 19 de julio).

50. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE núm. 10, de 12 de enero).

Ubeda, 8 de junio de 2000.- El Presidente del Patronato, Marcelino Sánchez Ruiz.

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