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Habiéndose publicado la convocatoria de ayudas para la participación en Cursos de Formación Europea dentro de la acción 3.2 del Programa Comenius (Capítulo II del Programa Sócrates) desde octubre-2000 a julio-2001, por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 2 de mayo de 2000 (BOJA núm. 63, de 1.6.2000), de acuerdo con los artículos séptimo y décimo de la citada Orden, y tras la finalización de los procesos selectivos con la confirmación de las plazas concedidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Comisión Europea a través de la Agencia Nacional Socrátes española, esta Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado
HA RESUELTO
Primero. Conceder las ayudas dentro de la acción 3.2 del programa europeo Comenius a las personas relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución, con indicación del curso, lugar de desarrollo y cuantía de la ayuda, de acuerdo con las plazas y asignaciones presupuestarias adjudicadas por la Agencia Nacional Sócrates a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de la Orden Marco del Ministerio de Educación y Cultura de 30.12.96 (BOE de 10.1.97).
Segundo. El pago de la ayuda concedida se hará al participante en dos plazos (80% y 20%) por la Agencia Nacional Sócrates (Paseo del Prado, 28, 8.º; Madrid, 28071). Para ello, la persona participante recibirá previamente de la Agencia Nacional Sócrates un Convenio Financiero, que firmará y devolverá, quedando sujeto a las condiciones establecidas por la Unión Europea para la recepción y justificación del pago.
Tercero. Las personas participantes están obligadas a lo expuesto en el artículo noveno de la Orden de convocatoria. Igualmente, a los efectos de la certificación recogida en el artículo undécimo de la citada Orden, deberán remitir a esta Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado (Isla de la Cartuja, Edificio Torretriana, 1.ª planta) una Memoria evaluadora de la actividad de formación, junto con la certificación de la entidad organizadora que acredite su realización con el número de horas recibidas, dentro del plazo del mes siguiente a la finalización del curso Comenius.2.
Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación en BOJA, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 12 de septiembre de 2000.- La Directora General, Pilar Ballarín Domingo.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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