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El municipio de Tolox (Málaga), acordó solicitar de esta Comunidad Autónoma, mediante Resolución de su Alcaldía de fecha
16 de junio de 2000, la autorización para la acumulación de las funciones de Secretaría, a favor de doña Montserrat Crusat Sabaté, Secretaria de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de las Nieves y su entorno (Málaga).
La Mancomunidad de Municipios de la Sierra de las Nieves y su entorno (Málaga), mediante Resolución de su Presidencia de fecha 17 de junio de 2000, no pone reparos a que la indicada funcionaria se haga cargo en forma acumulada de la función de Secretaría del Ayuntamiento de Tolox (Málaga).
La petición formulada por la Corporación anteriormente citada para que se autorice dicha acumulación de funciones, está fundamentada en la necesidad de asistencia profesional para los asuntos que afecten a la buena marcha de la Corporación, funciones éstas de carácter público y necesarias en todas las Corporaciones Locales, tal y como dispone el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local.
Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con lo recogido en el artículo 11.1.e), del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Primero. Autorizar la acumulación de la función del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Tolox (Málaga), a doña Montserrat Crusat Sabaté, NRP 38774009/13/A3015, Secretaria de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de las Nieves y su entorno (Málaga).
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 11 de septiembre de 2000.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.
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