Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 21 de febrero de 2000, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 596/1996, promovido por Conrolsa, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Desestimar el recurso contencioso-administrativo que la Procuradora doña Rosa M.ª Fernández, en nombre y representación de Conrolsa, S.A., interpuso el 15 de febrero de 1996 contra la Resolución de 28 de noviembre de 1995, del Director General de Trabajo y Seguridad Social, que desestimó el recurso ordinario promovido contra la Resolución de la Delegación Provincial en Granada, expte. 701/94, que como autora de una infracción del artículo 5 de la Ley 8/88, de 7 de abril, en relación con el art. 185 de la Ordenanza de Trabajo de la Construcción de 28 de agosto de 1970, le impuso una sanción de 50.100 ptas., cuyo acto administrativo confirmamos por parecer conforme a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 27 de septiembre de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
Descargar PDF