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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 27 de julio de 2000 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Cádiz en el recurso contencioso-administrativo número 70/2000, promovido por Antonio Barbadillo, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Abogado Sr. Sánchez García, en nombre y representación de la mercantil Antonio Barbadillo, S.A., contra la Resolución de fecha 17 de enero de 2000, del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso ordinario que había interpuesto contra la Resolución de fecha 30 de octubre de 1998, de la Delegación Provincial en Cádiz de dicha Consejería, que acordó imponerle una sanción de 500.000 pesetas, decido anular dicha Resolución por no ser conforme a Derecho. Todo ello sin hacer expresa imposición en cuanto a las costas del procedimiento.
Sevilla, 5 de octubre de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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