Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 02/11/2000

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 6 de octubre de 2000, de la Universidad de Almería, por la que se convoca oposición libre para cubrir una plaza de Personal Laboral, en la categoría profesional de Técnico Especialista Servicio Técnico de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Fontanería) (Grupo III), vacante en esta Universidad.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 276/1998, de

22 de diciembre (BOJA de 19 de enero), y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en los artículos 18 y 49.4 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (BOE de 1 de septiembre), y el artículo 49.I) del Decreto 276/1998, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de esta Universidad en la categoría profesional de Técnico Especialista Servicio Técnico de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Fontanería), mediante el sistema general de acceso libre, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria:

1. Normas Generales.

1.1. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado; en el vigente Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial del Personal Laboral de Universidades Andaluzas (BOJA de 30 de junio de 1.994); el Decreto 276/1998, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y a las normas de esta Resolución.

1.2. El procedimiento de selección de aspirantes será el de Oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y programa que se especifican en el Anexo I.

1.3. El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de diciembre de 2000. La fecha, hora y lugar se fijará en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. También podrá participar el cónyuge, descendientes o descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de Derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, o equivalente o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de

25 años. Exclusivamente, a los efectos de equiparación de la titulación exigida para acceder a este Grupo III, se valorará la experiencia laboral acreditada documentalmente, mediante contrato de trabajo, por período no inferior a seis meses.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1. deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la firma de contrato como Personal Laboral.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente por las Subdelegaciones del Gobierno en cada provincia, así como por el Servicio de Gestión de Personal de esta Universidad. A la instancia se acompañará una fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente.

3.2. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de Derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.3. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 5 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número

6, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

3.5. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.6. Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original que deberá unirse a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen que ascenderán a la cantidad de 3.000 pesetas, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente número 3058

0130 18 2731007006, abierta al efecto en la Caja Rural de Almería, con el título «Universidad de Almería. Concursos y Oposiciones¯ especificando en tal resguardo el nombre y apellidos, el documento nacional de identidad y la plaza en la que solicita participar.

En ningún caso, la presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4. de esta Resolución.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯ y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad.

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días hábiles para subsanación de errores.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará constituido por los miembros que se especifican en el Anexo I.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas.

5.3. Con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas, se publicará, en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores especiales, que se limitarán a informar de las pruebas y méritos relativos a su especialidad. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

5.6. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.7. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no

previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.8. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985, o cualesquiera otros equivalentes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento, sin número, teléfono

950/01.51.26.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el Anexo V del Decreto

54/1989, de 21 de marzo, («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, de 21 de abril).

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. La relación definitiva del proceso selectivo no incluirá un núm. de aprobados superior al núm. de plazas convocadas, siendo nula de pleno Derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3. Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.6.4. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las

inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

7. Presentación de documentación.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la

Universidad las listas con las puntuaciones correspondientes. La calificación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria.

7.2. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación definitiva por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, y la calificación final.

7.3. Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de contratación como Personal Laboral del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

7.4. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, el aspirante que haya obtenido la plaza deberá presentar, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los

siguientes documentos:

a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el

servicio.

c) Fotocopia debidamente compulsada del título de BUP,

Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, o equivalente o certificación de haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años o documento que lo sustituya.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II a esta convocatoria.

e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos deberán presentar certificación, de los Organos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma correspondiente que acredite tal

condición, e, igualmente, deberán presentar certificación de los citados Organos de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.

Los aspirantes que no ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

7.5. Si dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser contratado como Personal Laboral y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá a la contratación como Personal Laboral, mediante Resolución que se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal.

8. Norma final.

8.1. La convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

8.2. Asimismo, la Administración Universitaria podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en el art. 102 de la citada Ley.

Almería, 6 de octubre de 2000.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

ANEXO I

Concurso L/13/00

Categoría profesional: Técnico Especialista Servicio Técnico de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Fontanería).

Grupo: III.

Plazas: 1.

Turno: Tarde.

Ejercicios y valoración

La Oposición estará formada por los ejercicios que a

continuación se indican, siendo éstos eliminatorios.

1. Primer Ejercicio. Teórico.

En el tiempo máximo de dos horas los aspirantes contestarán un cuestionario que versará sobre aspectos del programa que figura en este Anexo.

2. Segundo Ejercicio. Práctico.

El ejercicio consistirá en el desarrollo de un ejercicio práctico en el tiempo que el Tribunal estime oportuno y que versará sobre aspectos del programa que figura en este Anexo.

Calificación de los ejercicios

1. Los ejercicios serán calificados sobre una puntuación máxima de 30 puntos para cada uno de ellos. Tendrán carácter eliminatorio y será necesario obtener 15 puntos en cada uno de ellos para superarlos.

2. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

PROGRAMA

Tema 1. El Decreto 276/1998, de 22 de diciembre (BOJA de 19 de enero), por el que se aprueban los Estatutos de la

Universidad de Almería.

Tema 2. Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial del Personal Laboral de Universidades Andaluzas (BOJA de 30 de junio de 1994).

Tema 3. Capítulo III de la Ley 3/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE de 10 de noviembre).

Tema 4. Instalación de abastecimiento de agua potable.

Conducciones. Zanjas. Materiales y ejecución.

Tema 5. Instalaciones de agua caliente. Calentadores.

Conducciones. Materiales y ejecución.

Tema 6. Instalaciones de agua fría. Acometidas. Conducciones. Llaves. Materiales y ejecución.

Tema 7. Instalaciones de agua fría. Redes de distribución interior. Materiales y ejecución.

Tema 8. Instalaciones de riego. Redes de riego, sistemas. Instalación y funcionamiento de goteros, aspersores,

electroválvulas. Materiales y ejecución.

Tema 9. Instalaciones de alcantarillado. Tipos de redes. Canalizaciones, pozos y arquetas. Materiales y ejecución.

Tema 10. Instalaciones de saneamiento. Desag?es, bajantes, conducciones. Materiales y ejecución.

Tema 11. Instalaciones de gases. Depósitos (DGLP, bombonas, baterías, reguladores), Conducciones (enterradas, superficie). Materiales y ejecución.

Tribunal Calificador

Presidente: Don Fernando Contreras Ibáñez, Gerente de la Universidad de Almería.

Vocales: Don Juan Emilio Gómez Ibáñez, Jefe de la Unidad Técnica de la Universidad de Almería y don Juan Blanes Parra, Encargado de Equipo STOEM de la Universidad de Almería, por parte de la Administración Universitaria y don José Luis Salvador Martín, Técnico Especialista Servicio Técnico de Obras, Equipamiento y Mantenimiento de la Universidad de Almería, y don Daniel Fernández Contreras, Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Almería, por parte del Comité de Empresa.

Secretario: Don Guillermo Rodríguez Auñón, Jefe de Sección PAS del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería, que actuará con voz y sin voto.

ANEXO II

DECLARACION JURADA

Don/Doña....................................................... ....., con domicilio en......................................., y Documento Nacional de Identidad número ....................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado como personal laboral fijo (Grupo III), que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

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