Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 09/11/2000

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE CORDOBA

ANUNCIO sobre aceptación por la Diputación Provincial de Córdoba de la delegación de competencias de parte de las facultades de recaudación sobre los ingresos de Derecho Público de la Entidad Local Autónoma de Algallarín (Córdoba). (PP. 1517/2000).

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Aceptada por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de 13 de diciembre de 1999 la delegación de competencias de parte de las facultades de recaudación de los ingresos de Derecho Público de la Entidad Local Autónoma de Algallarín, se transcribe a continuación literalmente el acuerdo de delegación adoptado por la Junta Vecinal de la referida Entidad Local Autónoma de Algallarín en sesión plenaria de fecha 28 de octubre de 1999 para general conocimiento:

«Primero. 1. Delegar en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, y con efectos inmediatos, las siguientes facultades de recaudación sobre los ingresos de Derecho Público cuyo titular es esta Entidad Local Autónoma:

A) Todas las facultades de recaudación respecto de los tributos y precios públicos cuya liquidación se efectúe periódicamente mediante padrón o matrícula.

B) Las facultades de recaudación en procedimiento de apremio respecto de los demás tributos y precios públicos, así como de cualquier otro derecho público a favor de su Hacienda.

2. La delegación de las facultades recaudatorias comprenderá, entre otras, las siguientes funciones: Determinar los plazos de cobro en período voluntario, expedir las relaciones certificadas de deudores, dictar la providencia de apremio, liquidar intereses de demora y la tramitación y resolución de los expedientes de créditos incobrables.

Segundo. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos, trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas, fijadas en la legislación vigente, así como a las determinaciones del correspondiente convenio de delegación.

Tercero. Aprobar el proyecto de convenio con la Excma. Diputación Provincial que regula las condiciones de la delegación.

Cuarto. Solicitar de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba la aceptación de la delegación acordada.

Quinto. Una vez aceptada la delegación por el órgano correspondiente, publicar el presente acuerdo en los Boletines Oficiales de la Provincia y de la Comunidad Autónoma para general conocimiento.

Sexto. Facultar al Sr. Alcalde para que, en nombre y representación de la Junta Vecinal, suscriba el expresado convenio.¯

Córdoba, 24 de abril de 2000.- El Presidente.

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