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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección tercera) en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se ha interpuesto por la entidad «Andaluza de Hostelería, S.C.A.¯, recurso contencioso-administrativo número
813/2000-E contra la Resolución de 22 de mayo de 2000, de la Viceconsejería de Turismo y Deporte, por la que se declaró la deuda contraída por la recurrente en la explotación de la Villa Turística de Bubión durante el año 1999.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por la Sala, y a tenor de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso- administrativo número 813/2000-E, interpuesto por «Andaluza de Hostelería, S.C.A.¯.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados a cuyo favor hubiesen derivado o derivaren derechos por la Resolución impugnada, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Sevilla, 16 de octubre de 2000.- El Director General, Juan Harillo Ordóñez.
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