Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo número/96, interpuesto por don Rafael Carlos Ariza Gonz lez contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía número 14/34/96, la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, que es firme, de fecha veintinueve de marzo de mil novecientos noventa y nueve, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso, declarando conforme a Derecho la Resolución recurrida. Sin costas.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de 1994, y de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Org nica/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 16 de diciembre de 1999.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.
Descargar PDF