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Vista la propuesta formulada por el Jefe del Servicio de Administración Local relativa a la transferencia de los créditos de nivelación de servicios municipales.
Considerando además los datos facilitados por la propia Consejería de Gobernación relativos a los criterios de distribución utilizados para la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma,
RESUELVO
Primero. Acordar la distribución de la cantidad de 867.306.441 pesetas, atribuyendo a cada municipio, por aplicación de los criterios consignados en el art. 2 de la Orden de 4 de abril de
2000, las cantidades que se indican en el Anexo que se acompaña.
Segundo. Aprobar el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.463.00.81A. en concepto de Nivelación de Servicios Municipales.
Tercero. Las citadas transferencias se harán efectivas de forma fraccionada, de manera que el importe que corresponda a cada municipio se percibirá por el mismo en doce pagos mensuales sucesivos por cuantías iguales, salvo el último, en que se incluirán los correspondientes redondeos de las transferencias.
Cuarto. En el plazo de tres meses, contados a partir del abono efectivo del duodécimo pago correspondiente a la transferencia por nivelación del presente ejercicio, los municipios beneficiarios remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, en su respectiva provincia, certificación en la que se acredite el ingreso de los doce pagos y los números de los asientos contables practicados.
Quinto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOJA, así como su notificación a cada uno de los Ayuntamientos de la provincia.
Sevilla, 8 de noviembre de 2000.- El Delegado, José del Valle Torreño.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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