Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 09/12/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 10 de octubre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Torreblascopedro, en la provincia de Jaén.

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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Jaén, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución de fecha 12 de abril de 1999, del Viceconsejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se acordó el inicio del presente Procedimiento.

Segundo. La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén, en la instrucción del expediente de clasificación, cursó oficios de notificación del comienzo de las operaciones materiales de clasificación a los siguientes organismos e instituciones: Ayuntamiento de Torreblascopedro, Cámara Agraria Local, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Diputación Provincial de Jaén, Delegación Provincial de Obras Públicas en Jaén, Delegación Provincial de Agricultura en Jaén, Asociación de Jóvenes Agricultores, Unión de Pequeños Agricultores, CEPA, Ecologistas en Acción, Asociación Cazorleña Gypaetus, Sevillana de Electricidad, Telefónica. Dichas operaciones fueron anunciadas mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torreblascopedro, inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 135, de de junio de 1999.

Tercero. En el acta de clasificación, levantada los días de julio y 4 de agosto de 1999, se recogen las descripciones de cada una de las vías pecuarias clasificadas en el término municipal de Torreblascopedro (Jaén). Asimismo, en el expediente de clasificación objeto de la presente constan las coordenadas absolutas UTM de aquellos puntos singulares por donde discurren las vías pecuarias del mismo término (Anexo III), y una descripción minuciosa de sus recorridos y características.

Cuarto. Redactada la proposición de clasificación por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se sometió a exposición pública mediante anuncios en los organismos correspondientes, notificaciones a colectivos interesados, antes citados, y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 9, de fecha 13 de enero de 2000, y publicación en el Diario Jaén, de 8 de febrero de.

Quinto. Transcurrido el período de exposición pública del presente expediente no se presentaron alegaciones.

No obstante, en el acta de clasificación, antes citada, y posteriormente, mediante escrito de 15 de septiembre de 1999, se formulan alegaciones por parte de ASAJA.

Se muestra, en este sentido, disconformidad con la presente clasificación, alegando que no se han seguido los trámites legalmente establecidos al no haberse comunicado convenientemente a los afectados.

A los referidos hechos les son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente acto administrativo en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la Estructura General Básica de la Consejería de Medio Ambiente, y el Decreto/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Andalucía que desarrolla la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Segundo. Según preceptúa el artículo 7 de la Ley 3/1995, de

23 de marzo, de Vías Pecuarias, «la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria¯. Conforme al mismo, el artículo 12 del Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, define el acto de

Clasificación como «el acto administrativo de carácter

declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, denominación, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria¯.

Tercero. Conforme al artículo 13 del Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma Andaluza, para la redacción de la propuesta de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Torreblascopedro se han tenido en cuenta los datos existentes en el Fondo Documental previsto en el artículo 6 del mismo Reglamento, así como la documentación técnica aportada al expediente, según lo siguiente:

- Archivo Histórico Nacional. Sección Mesta. Legajo 987. Torreblascopedro.

- Archivo del Ministerio de Medio Ambiente.

- Archivo del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de Jaén.

- Archivo Histórico Provincial de Jaén.

- Archivo de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Jaén.

Cuarto. En cuanto a las alegaciones formuladas al presente acto administrativo de Clasificación hay que señalar lo siguiente:

A efectos de las cuestiones planteadas por ASAJA, decir:

1. Se afirma la calidad de interesados en el presente

expediente, condición que en ningún momento se discute. De hecho, todas las diligencias practicadas en el presente procedimiento se han comunicado a la Asociación referida.

2. Se alega nulidad del procedimiento por falta de notificación del Acuerdo de Iniciación del presente procedimiento de clasificación.

A estos efectos hay que señalar: En cumplimiento de lo

preceptuado en el artículo 14.2 del Decreto 155/98, por el que se aprobó el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se notificó a ASAJA el inicio de las operaciones de recorrido, reconocimiento y estudio de la vía pecuaria, y se dio traslado del Acuerdo del Viceconsejero de Medio Ambiente de inicio del presente procedimiento.

La nulidad, conforme a lo establecido en el artículo 62.1.º de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, requiere unas causas tasadas a las que el alegante no hace referencia. Además, ASAJA reconoce su presencia en la firma del acta de inicio de las operaciones, luego el acto fue perfecto para cumplir su finalidad, no causándose indefensión alguna.

Considerando que en la presente clasificación se ha seguido el procedimiento establecido en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto

155/98, de 21 de julio, con sujeción a lo regulado en la Ley

3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y demás

legislación aplicable al caso.

Vista la propuesta de Resolución de fecha 18 de abril de

2000, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén,

R E S U E L V O

Aprobar la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Torreblascopedro, en la provincia de Jaén, de conformidad con la propuesta emitida por la Delegación

Provincial de Medio Ambiente en Jaén, conforme a la descripción y coordenadas absolutas UTM que se incorporan a la presente a través de los Anexos I, II y III.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que acuerdo y firmo en Sevilla, 10 de octubre de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.

ANEXO I A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 10 DE OCTUBRE DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE TORREBLASCOPEDRO, EN LA PROVINCIA DE JAEN

Los datos físicos de las vías pecuarias objeto de esta

clasificación son los siguientes:

CUADRO RESUMEN DE LAS VIAS PECUARIAS EXISTENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE «TORREBLASCOPEDRO¯

VIAS PECUARIAS T.M. TORREBLASCOPEDRO (JAEN)

Código: 23085001.

Denominación: Cañada Real del Camino de Córdoba.

Longitud (m): Tramo: 1: 3.400. Tramo 2: 12.115.

Anchura legal. Clasificación (m): 75.

Anchura. Clasificación correspondiente a ese t.m.: Tramo: 37,5. Tramo 2: 75.

Código: 23085002.

Denominación: Cañada Real de la margen derecha del

Guadalquivir.

Longitud (m): 14.413.

Anchura legal. Clasificación (m): 75.

Anchura. Clasificación correspondiente a ese t.m.: 75.

Código: 23085003.

Denominación: Vereda del Camino de Jaén.

Longitud (m): 2.919.

Anchura legal. Clasificación (m): 20.

Anchura. Clasificación correspondiente a ese t.m.: 20.

Total: 32.847.

LUGARES ASOCIADOS T.M. TORREBLASCOPEDRO (JAEN)

Código: 23085501.

Tipo: Descansadero-Abrevadero.

Denominación: Del Pozo de la Virgen.

Situación: Cañada Real del Camino de Córdoba.

Código: 23085502.

Tipo: Descansadero-Abrevadero.

Denominación: De la Higueruela.

Situación: Cañada Real del Camino de Córdoba/Vereda del Camino de Jaén.

ANEXO II A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 10 DE OCTUBRE DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE TORREBLASCOPEDRO, EN LA PROVINCIA DE JAEN

1. CAÑADA REAL DEL CAMINO DE CORDOBA

Código: 23085001.

Procede: Begíjar como «Cañada Real del Camino Viejo de

Córdoba¯.

Continúa: Mengíbar como «Vereda de Torreblascopedro¯.

Dirección general: E-O.

Longitud aproximada: 15.515 m.

Anchura: 75 m.

Estado de conservación: Regular.

Uso actual: Cultivo de olivar y vía de acceso rural a fincas. Observaciones: En su recorrido por la mojonera con Begíjar corresponde la mitad de la anchura (75/2 m) a cada término.

Cruce con línea de ferrocarril: Línea del ferrocarril a Almería (p.k. aproximado 18,8).

Cruces y solapes con carreteras: Carretera a Posadas Ricas, Carretera a Campillo del Río, Carretera de la Vega.

Descripción: Comienza su recorrido por Torreblascopedro en la falda Oeste del Cerro Cagasebo, en la unión del Camino de Lupión o de los Pollos con el que, procedente de Begíjar, es conocido como Camino Viejo de Córdoba P-1.

El eje de la vía pecuaria coincide con el de ese último camino, que durante los próximos 3.500 m y hasta su cruce con la línea del ferrocarril a Almería se conoce como Camino Alto, y que es mojonera entre Begíjar y Torreblascopedro.

A unos 300 m del citado comienzo, a la altura de los sifones

236 y 237, se aprecian a unos 100 m en dirección Norte, entre olivos y dentro del paraje Maragato, las ruinas de la Casa de Don Juan Revuelta.

La Cañada Real deja aquel paraje siguiendo fielmente el ya citado Camino Alto, trazándose éste desigualmente por entre las diferentes fincas, todas de olivar, que atraviesa y a las que da servicio. Así se llega, tras avanzar unos 2.500 m, al paraje de Los Frailes. Aquí, la vía pecuaria cruza la antigua línea del ferrocarril de Baeza a Utiel (ya desmantelada) P-2, haciéndolo a distinto nivel y por encima de un túnel, para continuar su trayecto hacia el Este.

A poco más de 100 m se retira hacia el Sur el Camino a Posadas Ricas, y un poco más adelante de esa bifurcación el de Puente del Obispo, que lo hace hacia el Noroeste.

A partir de ahí, a escasos 800 m y siguiendo el camino que nos trae entre olivares, se encuentra una señal de paso a nivel sin barrera, e inmediatamente la línea del ferrocarril a Almería. Desde esa señal, al Oeste y al otro lado de la vía del tren, se aprecia la continuación del Camino Alto, que pasará a

denominarse Camino Real.

A continuación, la vía pecuaria gira en ángulo recto hacia el Norte y discurre durante unos 50 m paralela al ferrocarril, descendiendo hasta el paso a nivel sin barrera. Lo cruza, dejando a la derecha y donde antiguamente se levantaba la Casilla de Villarta, una casilla de nueva construcción, frente a la cual se sitúa el poste 195/300 del citado ferrocarril P-3.

El paso de ganado continúa con el Camino Real en su interior y entre olivares, hasta llegar a la Carretera a Posadas Ricas. La toma como eje hacia la izquierda durante unos 25 m P-4, para en ese punto coger un desvío asfaltado hacia la derecha. Unos 30 m más adelante toma otro desvío a la derecha P-5, quedando de este modo a nuestra espalda y al otro lado de la vía del tren el Camino Alto.

La Cañada Real avanza entonces con el Camino Real como eje y adentrándose nuevamente por tierras de olivar, por los parajes de El Picón, hacia Sur, y de El Hoyo o Falsillo, hacia el Norte. Este camino se aprecia bien sobre el terreno, pues es utilizado como servicio de paso a las diferentes fincas de aquel cultivo que atraviesa.

A poco más de 500 m, ya dejados atrás a izquierda y derecha los parajes de Los Ramones y Los Verdes, respectivamente,

encontramos una caseta de un pozo de sondeo. Otros 50 m más adelante, un tendido eléctrico de tres hilos atraviesa el camino. Este tendido se bifurca en dos ramales a ambos lados del mismo, al que acompañan dentro de la vía pecuaria.

El ramal de la derecha se vuelve a cruzar aproximadamente a 250 m de aquella bifurcación. Entonces se mantiene paralelo al Camino Real y eje de la vía, aunque ahora por su izquierda, durante otros 450 m, para finalizar en un poste con un pequeño transformador, que está justo enfrente de otra caseta de sondeo. Esta se sitúa a la derecha del camino y dentro de la vía pecuaria.

Unos 350 m más adelante y después de haber atravesado dos caminos de servicio a fincas próximas, la cañada se cruza con el Camino de Caracena, que con dirección Norte se dirige a Torreblascopedro P-6.

Transcurridos 500 m, siempre entre olivos, y ya en la Finca de Tafú o de don Sebastián Martínez, comienza a verse la «Encina de Tafú¯, árbol que destaca sobre el paisaje monótono de olivos en el que se halla, y hacia la que la vía pecuaria se dirige, con el Camino Real en su interior, en línea recta.

Aproximadamente 250 m antes de llegar a dicha encina, la cañada se cruza con el Camino de Guerrero P-7. Después llega a la citada encina, para, un poco más adelante, cruzar el Camino del Vado de las Carretas P-8, también conocido como «Camino de Robles a las Casas del Berro¯. Desde aquí, y a unos 200 m en dirección Norte, puede divisarse el «Cortijo de Tafú¯. Los olivos que entonces dejamos a la izquierda pertenecen al paraje de Las Niñas o de Los Rubiales.

A unos 600 m del cruce con el último camino mencionado, la vía pecuaria se cruza con una línea eléctrica que, casi

perpendicular al eje del Camino Real, se aleja con dirección a un pozo de sondeo que existe un poco más adelante, a unos 50 m a la izquierda de dicho camino.

La Cañada Real del Cmno. de Córdoba, que discurre siempre de Este a Oeste, llega a un camino asfaltado que conduce a Campillo del Río P-9. Este camino es tomado por el paso de ganado como eje y en dirección Oeste. Son coincidentes hasta el momento en que el asfalto se desvía bruscamente hacia el Sur, en dirección a Campillo del Río P-10. Entonces, la cañada sigue recta, hacia el Oeste, dejando a la derecha una casilla de Peones Camineros y a la izquierda el Pozo de la Virgen, en el que se sitúa el Abrevadero y Descansadero del Pozo de la Virgen.

La vía pecuaria continúa por un camino asfaltado en dirección Oeste hasta la Cortijada de la Higueruela. Entonces, la cañada continúa recta en busca de las ruinas, y la carretera se retira hacia la izquierda P-11.

En ese cortijo, del que ya sólo quedan las ruinas, se encuentra el Abrevadero y Descansadero de la Higueruela P-12, en el que se produce el entronque de la Cañada Real del Cmno. de Córdoba con la Vereda de Jaén. Desde ese punto hacia el O y a unos 150 m se divisa el Cortijo de los Cuatro Vientos.

Dejado atrás el Cortijo de la Higueruela, la vía retoma nuevamente el asfalto P-13, dejando al Sur el Llano de Aragón, para divisarse a unos 200 m al norte del camino el Cortijo de Echevarría, que se identifica perfectamente por poseer un depósito de agua a medio construir, cuya estructura lo levanta unos 10 metros del suelo.

La cañada continúa ligada al asfalto hasta el Cortijo de Iznadiel. En ese trayecto se cruza en dos ocasiones con sendas líneas eléctricas. Llega al citado cortijo, que se sitúa a unos

150 m a la derecha, para atravesar la Carretera de la Vega, dejando a la izquierda una casilla de peones camineros P-14.

El paso de ganado deja atrás el cruce anteriormente descrito, y avanza hacia el Oeste, llevando ahora el Camino de Jabalquinto en su interior. Cruza el Canal General por encima de un paso de obra P-15, para continuar, lindando al Sur con la Finca del Motor, hasta la Casa Huerta del Cañaveral P-16.

Así transcurre su recorrido, ahora, hasta una construcción de ladrillos abandonada, ubicada en el lugar de la antigua «Casa del Maquinillas¯. Desde ahí y a unos 100 m al oeste se halla una balsa de agua de nueva construcción.

En ese punto se le une desde el Sur la Cañada de la Margen del Guadalquivir P-17, para seguir juntas río abajo por su margen derecha hasta alcanzar el Vado del Peñón (ya en desuso y prácticamente inexistente) P-18, por el que cruza el «río Blanco¯ (que así llaman al Guadalquivir) para penetrar en tierras del término de Mengíbar.

En el tramo comprendido entre su inicio por este término municipal y el cruce con la línea del ferrocarril a Almería, su anchura legal será de 75/2 metros, correspondiendo la otra mitad de su anchura al término de Begíjar, por coincidir el eje de la vía pecuaria con la mojonera entre ambos términos.

2. CAÑADA REAL DE LA MARGEN DERECHA DEL GUADALQUIVIR

Código: 23085002.

Procede: Begíjar, como «Cañada Real de la Margen izquierda del Guadalquivir¯.

Continúa: Mengíbar como «Vereda de Torreblascopedro¯.

Dirección general: E-O.

Longitud aproximada: 14.413 m.

Anchura: 75 m.

Estado de conservación: Muy malo.

Uso actual: Algunos terrenos de labor (regadío) y margen fluvial.

Observaciones: Acompaña al Guadalquivir durante todo su recorrido por este término municipal.

Cruces con carreteras: Carretera a Torrequebradilla.

Descripción: Procedente de Begíjar entra en Torreblascopedro P-

1 junto con el río Guadalquivir por el paraje de La Tablilla, llevando su margen derecha como límite izquierdo. Esta vía pecuaria no se despegará en todo su recorrido de ese río, conocido también como río Blanco.

Deja el Arroyo Palomar poco antes de entrar al término

municipal que nos ocupa, cuya mojonera se identifica, en una pronunciada vaguada, con una sucesión de tablillas de Coto de Caza. En ese punto, la vegetación predominante es del género phragmites, sustituyéndose por las tamaricáceas si nos

separamos de la orilla. En la margen opuesta pueden verse abundantes eucaliptos.

Durante los primeros 700 m lleva en su interior un camino de servicio que finalmente se desvía con dirección a Campillo del río. En dicho trayecto y a la derecha de ese camino pueden verse elevados taludes de fuertes pendientes y despoblados de vegetación, aunque no sin algunos eucaliptos dispersos.

Dejados atrás, comienzan los cultivos de regadío propios de la zona de ribera, que serán constantes hasta el final del recorrido de esta Cañada Real por Torreblascopedro.

A los 200 m aparece una estación de bombeo P-2, de la que parte un tendido prácticamente paralelo al río y que acaba, tras breve recorrido, en un poste con un transformador. Aquí comienza otro camino que, siempre junto al río, dentro de la Cañada e interrumpido puntualmente por la linde de las tierras cultivadas que atraviesa, llega hasta el Vado de Torralba.

Dicho camino, de unos 900 m de longitud, ha sido respetado en sus aproximadamente últimos 500 m, existiendo una franja de erial entre la vegetación de ribera y los cultivos.

Al llegar a los Vados de Torralba, el paso de ganado cruza la ctra. que, con dirección a Torrequebradilla, salva el río por el citado vado P-3. En ese punto y a unos 50 m a la derecha del citado vado existe una fuente, situada bajo una gran higuera y separada del río por un talud de escombros.

Desde aquí y hasta el final, salvo en las proximidades del Cortijo de Francisco «El Cordobés¯ (que se menciona más adelante), la Cañada será casi impracticable debido a la abundancia de vegetación ribereña.

La vía pecuaria continúa junto al río hasta la Casa del Dentón, en el paraje de La Huerta Peluca. Sigue por la huerta «El Puerco¯, para después tocar la finca de «La Motrileja¯.

Llega a las propiedades y Cortijo de Don Francisco «El

Cordobés¯, en cuyas proximidades la vía atraviesa una gravera P-4. Mirando desde ese punto hacia el norte se observa una ladera plantada de olivos, en cuya culminación existió un campo de aviación en tiempos de la Guerra Civil.

Sigue hasta la Casa Huerta de la Hotichuela para, a

continuación, avanzar por la Finca de Méndez. La vía pecuaria llega entonces a las proximidades de la Casa Huerta del Cañaveral, donde se le une, procedente del Oeste, la Cañada Real del Camino de Córdoba P-5. Al Este de dicho entronque, en el que existe una balsa de nueva construcción, y a unos 100 m se sitúa la Casilla de las Maquinillas.

Las dos vías pecuarias en una avanzan aguas abajo lindando con el río su común margen izquierdo, hasta el Cortijo del Motor. Este cortijo, que queda a la derecha de la cañada, también es conocido como Casa de la Herradura, nombre que toma de la desembocadura «en herradura¯ del río Colorado (río Guadalimar) en el río Blanco (río Guadalquivir).

Dejado atrás el citado cortijo, siguen juntas en iguales condiciones hasta alcanzar el Vado del Peñón (ya en desuso y prácticamente inexistente) P-6, para así cruzar el río Blanco y entrar en tierras del término de Mengíbar.

3. VEREDA DEL CAMINO DE JAEN

Código de vía: 23085003.

Procede:

Continúa: Jabalquinto «Vereda del Camino de Bailén¯.

Dirección general: S-N.

Longitud aproximada: 2.919 m.

Anchura: 20 m.

Estado de conservación: Nulo.

Uso actual: Cultivos.

Observaciones:

Cruces con carreteras: Carretera de la Vega.

Descripción: Esta Vereda arranca de la Cañada Real del Camino de Córdoba, a la altura del Cortijo de la Higueruela P-1, en las proximidades del paraje de La Alberquilla. A la espalda (hacia el Sur) de dicho cortijo, en una pequeña depresión del terreno, con abundante vegetación y en la que se aprecian los restos de un muro de piedra, se halla el Abrevadero y

Descansadero de La Higueruela, cruce exacto de las dos vías pecuarias.

La Vereda del Camino de Jaén se separa perpendicularmente de la Cañada Real para, con dirección Norte y dejando atrás el Cortijo de la Higueruela, discurrir entre olivos de la finca del mismo nombre, utilizando como eje los restos del antiguo Camino de Jaén, reutilizado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir como camino de comunicación con la zona de regadíos.

Ese camino desaparece durante un corto trecho. Entonces la vía pecuaria, siempre dentro de terreno de olivar, utiliza como eje el de un pequeño barranco que, con dirección Norte y

descendiendo por la ladera siguiendo la línea de máxima pendiente, vierte en el terreno de vega.

La vereda sale del olivar con el barranco en su interior, para retomar como eje el del camino antes mencionado. Al momento es atravesada por el Canal General P-2; tubería de hormigón que respeta el ancho del camino, flanqueándolo con dos arquetas de obra de fábrica.

Supera la mencionada obra, dejando la Casilla del Guarda del Canal a su derecha. A partir de aquí, la vía pecuaria cruza entre jóvenes olivas, hasta llegar al Llano de la Vega. En dicho llano ya discurre por terrenos de regadío, atravesando la Carretera de la Vega P-3, inmediatamente después de dejar a izquierda y derecha las Casas de Anguita y de Entrena,

respectivamente.

Sigue con dirección Norte atravesando cultivos de regadío (espárragos en caballón), hasta llegar a una pista de nueva construcción P-4. La toma hacia la derecha para, a

continuación, buscar una línea de chopos, que en dirección N es linde de parcelas contiguas P-5.

La Vereda cambia nuevamente su dirección hacia el NE P-6, y avanza hacia la ribera del río Guadalimar, o río Colorado. Llega a la misma y remonta, pegada a la margen izquierda del citado río, hasta el Vado del Barco de Jabalquinto P-7, por el que cruzaría el río para penetrar en dicho término.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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