Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 14/12/2000

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Jaén, por el que se notifica a la interesada doña Ana Soria García la Resolución que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación en el domicilio de la interesada por causas ajenas a esta Administración, y en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica por el presente anuncio, a la interesada que se indica, el acto administrativo cuyo texto, a continuación se transcribe:

Resolución de 24 de julio de 2000, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se acuerda la adquisición de las fincas «Collado Serval y Fuente de la Víbora ¯, sitas en el término municipal de Cazorla (Jaén), mediante el ejercicio del derecho de retracto.

Resultando: Que con fecha 23 de diciembre de 1999 se presentó en el Registro de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Jaén en Cazorla las transmisiones por parte de don Pablo y doña Ana Soria García, de las fincas que en la escritura de compraventa aportada se describen, denominadas Collado Serval y Fuente de la Víbora, sitas en el término municipal de Cazorla, que miden conjuntamente dos hectáreas, diecinueve áreas y dieciocho centiáreas, inscritas en el Registro de la Propiedad de Cazorla Tomo 537, Libro 102, folios

228 y 243, fincas 10.261 y 10.266, a favor de don Serafín Pérez Soria, mediante escritura de compraventa formalizada ante el Notario del Ilustre Colegio de Granada doña Rocío García-Aranda Pez.

Resultando: Que en la escritura de compraventa citada, consta la descripción de las fincas, cuyas transcripciones literales son las siguientes: 1.-RUSTICA.Tierra de labor secano, en el sitio conocido por Collado del Serval y Fuente de la Víbora, término municipal de Cazorla, que tiene cabida de una hectárea, nueve áreas, cincuenta y nueve y media centiáreas, que linda: Norte, Manuel Morcillo, hoy finca de Serafín Pérez Soria; Sur, herederos de José García Díaz, antes de Antonio García Bustos; Este, Eulalia García López, hoy con las riscas de los Poyos del Cañuelo; y Oeste, con la finca de Ana Soria García, hoy Rambla del Cañuelo. Sobre la finca antes descrita y ocupando parte de la misma existe una edificación Casa-Cortijo con doscientos diez metros construidos 2.- RUSTICA.Tierra de labor secano, en el sitio conocido por Collado Serval y Fuente de la Víbora, término de Cazorla, que tiene de cabida una hectárea, nueve áreas, cincuenta y nueve y media centiáreas, que linda: Norte, Felicita Gámez García; Sur, otra finca del comprador don Serafín Pérez Soria; Este, con las primeras Riscas de los Poyos del Cañuelo; y Oeste, con la Rambla del Cañuelo.

Resultando: Que, las dos fincas descritas se encuentran libre de cargas, según manifiestan los titulares y se deduce de la información registral prevista en el artículo 175 de R.N. que se incorpora a la escritura de compraventa. Así mismo los transmitientes manifiestan que las fincas no han estado arrendadas en los últimos seis años y que no han hecho uso del derecho que les reconoce el artículo 26.1 de la Ley de Arrendamientos Rústicos.

Resultando: Que dichas fincas se encuentran dentro de los límites del Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas, formando un enclave dentro del monte Navahondona, denominado «El Cañuelo ¯, lo que les confiere un alto interés forestal.

Resultando: Que por Resolución de esta Viceconsejería, de 5 de abril de 2000 se acuerda el inicio del expediente de adquisición de las fincas «Collado del Serval y Fuente de la Víbora ¯, siendo la misma notificada a los interesados, como queda acreditado en el expediente, sin que en el plazo concedido se presentaran alegaciones.

Considerando: Que el artículo 24 de la Ley de Espacios

Naturales Protegidos establece la posibilidad de ejercer los derechos de tanteo y r tracto en todas transmisiones onerosas de bienes y derechos intervivos de los terrenos situados en el interior de los espacios declarados protegidos, en los términos previstos por la Ley 4/1989 de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales Protegidos y de la Flora y Fauna Silvestres.

Vistas:

- La Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía.

- La Ley 2/1989, de 18 de julio, de Inventario de Espacios Naturales Protegidos, por la que se establecen medidas

adicionales para su protección.

- La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y la Fauna y Flora Silvestre.

- El Decreto 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías.

- El Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente

- La Orden de 17 de noviembre de 1998, por la que se

delegan competencias en materia de adquisición de fincas.

En uso de las atribuciones que me confieren las normas

antes invocadas, así como las de general aplicación y vista la propuesta de la Secretaría General Técnica.

He resuelto: Acordar la adquisición de las fincas «Collado del Serval y Fuente de la Víbora ¯ antes descritas, , sitas en el término municipal de Cazorla (Jaén), por el precio de un millón de pesetas. La Viceconsejera de Medio Ambiente. Firmado Isabel Mateos Guilart .

Contra dicha Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente de su notificación.

Jaén, 6 de Noviembre de 2000.-El Delegado, Arturo Azorit Cañizares.