Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 14/12/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE FUENTES DE ANDALUCIA (SEVILLA)

ANUNCIO de bases.

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Se hace saber que el Sr. Alcalde en fecha 3 de octubre de

2000 ha dictado Decreto comprensivo de las siguientes disposiciones:

Disposición Primera. Aprobar las bases y convocatoria relativas a la plaza de personal funcionario que figura en el anexo que más adelante se detalla, integrante de la oferta de empleo público de esta Corporación para el año 2000 y acordó para regir dichas convocatorias las siguientes

BASES GENERALES

I. Objeto de la convocatoria.

Primera: Se convoca para cubrir en propiedad la plaza de este Excmo. Ayuntamiento que figura en el anexo de estas Bases Generales.

Esta plaza pertenece a la plantilla de funcionarios de carrera de esta Corporación y están dotadas de los haberes correspondiente al Grupo de clasificación o categoría profesional que igualmente se especifica.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidades vigentes, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otra incompatibilidad.

Segunda: La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en las presentes Bases y en su anexo correspondiente y en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto de 18 de abril, por l que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la R forma de la Función Pública Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Reglamento del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía; y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

II. Requisitos de los aspirantes.

Tercera: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquella en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones propias.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

f) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos o categorías que se especifican en el anexo a la convocatoria, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias en cada caso.

Cuarta: Los requisitos establecidos en las Bases anteriores, así como aquellos otros que pudieran recogerse en el anexo respectivo, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. Solicitudes.

Quinta: Quienes deseen tomar parte en estas pruebas

selectivas deberán hacerlo constar en instancias dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde y presentada en el Registro General de esta Ilma. Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en 600 pesetas. También podrán

presentarlos en la forma que determina el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado¯.

IV. Admisión de Candidatos.

Sexta: Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobando el pago de los derechos de examen por est Ayuntamiento, se publicará en el «Boletín Oficial ¯de la Provincia, resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso, causa de no admisión.

Séptima: Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de diez días para subsanación de errores.

Octava: Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de quince días naturales para solicitar su inclusión a partir del siguiente en que se haga pública la relación de aspirantes admitidos y excluidos, siempre y cuando acrediten, dentro de dicho plazo, reunir las condiciones r queridas para ser admitidos.

Novena: De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos en las pruebas selectivas para ingreso en Cuerpos y Escalas de Funcionarios, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o periodos de prácticas, si los hubiere, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten las adaptaciones posibles y medios para su realización, si bien

sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los

aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la

convocatoria.

Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar

documentalmente, a través del organismo competente su condición de minusválido, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento.

La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta, habrá de acreditarse por el servicio médico de empresa del Ilmo. Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía, tal como se indica en la base

decimocuarta.

En ningún caso será necesaria la previa inscripción de las Oficinas de empleo, para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.

V. Tribunales.

Décima: Los Tribunales calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes, a que se contraen las distintas convocatorias, quedarán formados tal y como se indica en el anexo a estas Bases Generales.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándole a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico y

Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, de al menos el Presidente de la Corporación o miembro de la misma en quién delegue, el Secretario de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue y de cuatro de sus vocales. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.

El Tribunal tendrá competencia y plena autoridad para

cuantas incidencias se presenten y no se hallen previstas en estas bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en pruebas cuyo contenido r quiera el asesoramiento técnico de los mismos. Tales especialistas actuaran con voz, pero sin voto.

VI. Desarrollo de los Ejercicios.

Undécima: El calendario del inicio de las pruebas, hora y lugar de su realización, se publicará en el «Boletín Oficial ¯ de la Provincia. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal Calificador.

En cualquier momento, los Tribunales, podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, previamente habrá de realizarse un sorteo para establecer el orden de actuación, cuyo resultado se publicará en el «Boletín Oficial ¯ de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación.

Los opositores, serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

VII. Sistema de Calificación.

Todos los puestos convocados serán cubiertos por el sistema de Oposición Libre.

Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes, si así lo decide el Tribunal Calificador, serán obligatorios, eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los

ejercicios, al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando por tanto, eliminado.

De las puntuaciones que otorgaren los Tribunales Calificadores se eliminarán la mayor y menor puntuación, cuando

entre ellas, exista una diferencia igual o superior a 4 puntos, de tal manera que la nota que obtendría el aspirante, caso de darse dicha circunstancia, sería la media de las restantes puntuaciones concedidas por los Tribunales. En caso de que la mayor o menor puntuación fuesen varias, se eliminará únicamente una de ellas, respectivamente.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación.

La puntuación definitiva y el orden de calificación estará determinado por la suma del total de puntos obtenidos en la oposición.

VIII. Puntuación y propuesta de selección.

Duodécima: Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, sin que en ningún caso el número de aprobados pueda rebasar el número de plazas

convocadas.

Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión que deberá hacer referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación, quién a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento a la Alcaldía de la misma.

IX. Presentación de Documentos.

ombramiento como funcionarios de carrera.

Decimotercera: El aspirante propuesto aportará ante la

Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base decimosegunda, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad o requisitos exigidos

en las Bases tercera y cuarta de la convocatoria.

Los aspirantes propuestos deberán en ese plazo de veinte días naturales y para dar cumplimiento adecuado a la Base

3.C), someterse a un examen médico en las condiciones que determine el Tribunal.

Quienes dentro del plazo indicado no superen el examen

médico o salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados funcionarios quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad de su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos

estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o

contratación.

Cumplidos los siguientes tramites, el Presidente del tribunal de selección elevará propuesta de nombramiento al Sr. Alcalde, en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido la plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente al que le sea

notificados.

En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado; no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, o no superase el periodo de pruebas, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de calificación.

X. Impugnación.

Decimocuarta: La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados mediante la

interposición del recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes desde su publicación de conformidad con lo dispuesto en los arts. 116 y 117 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, o directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

CONVOCATORIA PERSONAL FUNCIONARIO

ANEXO I

PLAZA DE JARDINERO

Número de plaza: 1.

Perteneciente a:

Escala: Administración General.

Subescala: Servicios especiales.

Clase: Personal de oficios.

Grupo: E.

Nivel: 11.

Sistema de selección: Oposición libre.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad.

Tribunal Calificador.

Su composición será la siguiente:

- Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

- Vocales:

1) Un representante de la Junta de Andalucía nombrado

por la Consejería de Gobernación.

2) Un funcionario de carrera, representante del Personal Funcionario de la Corporación.

3) Un representante por cada uno de los grupos políticos con representación en el Pleno Corporativo, designado por el Alcalde a propuesta de los propios grupos.

- Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue con voz y sin voto.

Ejercicios.

La oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer Ejercicio: De carácter teórico.

Consistirá en contestar, por escrito, en el tiempo máximo que determine el Tribunal, antes de su celebración, un

cuestionario de preguntas alternativas tipo test, siendo sólo una correcta, sobre el programa total de materias que, dividido en dos bloques, figura anexo a la convocatoria.

b)Ejercicio. Prueba práctica.

Consistirá en la realización de una prueba a determinar por el Tribunal inmediatamente antes del inicio del ejercicio, en la que se valorarán las aptitudes específicas del aspirante para la resolución de supuestos que se consideren adecuados para juzgar la preparación de los aspirantes en relación a las funciones propias de la plaza a desempeñar.

PROGRAMA ANEXO

Grupo I.

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.

2. Organización Territorial del Estado. Especial referencia a las Comunidades Autónomas.

3. El Municipio. Organización y competencias municipales.

4. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local y su organización. El personal funcionario. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

Grupo II.

1. Clasificación de los viveros.

2. Condiciones previas necesarias para el éxito de un vivero.

3. Organización de un vivero.

4. Principales árboles y arbustos ornamentales cultivados en los viveros de nuestra provincia.

5. Descripción de las faenas que se realizan habitualmente en un vivero de exterior.

6. Condiciones para el éxito de la siembra.

7. Reproducción de plantas por semillas.

8. Reproducción agámica de las plantas.

9. El estaquillado. Clasificación de las estaquillas.

10. El injerto. Definición y características.

11. Condiciones para el éxito del injerto.

12. Tipos de injerto.

13. Sistemas de riego empleado en viveros de exterior.

Ventajas e inconvenientes.

14. Definición de normalización de las plantas. Concepción y nacimiento de las normas. Ambito de aplicación.

15. El trasplante. Definición. Técnicas de realización.

16. Tratamiento fitosanitarios en viveros y jardinería.

17. El desherbado. Definición. Técnicas y medios de

realización.

18. Poda de plantas en vivero. Definición. Clases de poda. Epoca de realización.

19. Preparación y conservación de las plantas en vivero después del arranque.

20. Cultivo de plantas en contenedor.

21. Principales labores de mantenimiento y conservación en jardinería.

22. Problemática del arbolado viario.

23. Mantenimiento y conservación del arbolado viario.

Técnicas y medios.

24. Implantación, cuidado y mantenimiento del césped.

Disposición Segunda: Enviar las presentes bases al BOJA y al BOP a los efectos de su mayor publicidad y conocimiento.

Lo que se publica para el general conocimiento, advirtiéndole que el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento

de Fuentes de Andalucía está abierto al público en horario de

9, 00 a 13, 30 h., de lunes a viernes, en calle General Armero núm. 51, 41420 Fuentes de Andalucía (Sevilla).

Fuentes de Andalucía, 6 de noviembre de 2000.-El Alcalde, José Medrano Nieto.