Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 15/02/2000

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Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Jaén, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación de gas propano en la población de Ubeda (Jaén) de Repsol Butano, SA. (PP. 3515/99).

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A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, y Reglamento de Informe Ambiental; Decreto 153/96, de 30 de abril, se somete a Información Pública para obtener la autorización administrativa, la solicitud presentada por Repsol Butano, S.A., con domicilio social en C/ Arcipreste de Hita, núm., Madrid, 28015, para la siguiente instalación:

Centro de almacenamiento de GLP, formado por seis depósitos enterrados, con capacidad unitaria de 59,4 m y total de 356,4 m.

- Equipo de trasvase.

- Equipo de vaporización.

- Equipo de calefacción.

- Regulación y control.

- Red de distribución para usos domésticos, comerciantes y pequeñas industrias, formada por tubería de polietileno de media densidad, tipo SRD «según UNE 53.333-90 y diámetros varios de 250, 200, 160, 110, 90, 63 y 40 mm acometidas SRD¯ de

32 y 20 mm.

- Presión de distribución 1,75 bar.

- Ubicación del centro de almacenamiento: Margen derecho carretera Ubeda a Santa Eulalia, JV6044, punto kilométrico 0,7.

- Gas a utilizar: Propano comercial. Las redes se diseñarán y construirán para que pueda distribuirse por ellas eventualmente en el futuro con gas natural.

- Plazo de ejecución: Dos años, pudiendo reducirse si las condiciones de mercado así lo demandaran.

Conforme al punto 2 del artículo 103 de la Ley de Hidrocarburos, «los titulares de concesiones, permisos o autorizaciones para el desarrollo de las citadas actividades o para la construcción, modificación o ampliación de instalaciones para las mismas gozarán del beneficio de expropiación forzosa y ocupación temporal de bienes y derechos que exijan las instalaciones y servicios necesarios, así como la servidumbre de paso y limitaciones de dominio, en los casos que sea preciso para vías de acceso, líneas de conducción y distribución de los hidrocarburos, incluyendo las necesidades para atender a la vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones.Lo que se hace público a los efectos de la Autorización Administrativa que se solicita.

Jaén, 25 de octubre de 1999.- El Delegado, Francisco García Martínez.

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