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Mediante Resolución de fecha 8 de noviembre de 1999, el Consejero de Turismo y Deporte declara:
«ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 2 de agosto de 1999, remite escrito el Ayuntamiento de Fuente de Piedra (Málaga), en el que solicita la Declaración de Interés Turístico Nacional de Andalucía para la celebración Carrera de Cintas a Caballo, aportando documentación explicativa del interés turístico de la misma.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería de Turismo y Deporte es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.17.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 181/1996, de 14 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, y artículos 2 y 8 de la Orden de esta Consejería de 20 de mayo de 1997, por la que se regulan las declaraciones de interés turístico nacional de Andalucía.
Segundo. Según lo previsto en el art. 2 de la citada Orden de
20 de mayo de 1997, por la que se regulan las declaraciones de interés turístico nacional de Andalucía, la citada Declaración se otorgará a aquellas fiestas y acontecimientos que supongan manifestación y desarrollo de los valores propios y de tradición popular, prestándose especial consideración al atractivo turístico, a la antig?edad en su celebración, continuidad en el tiempo, originalidad y diversidad de los actos que se realicen.
Vistos los preceptos legales citados, y demás de general aplicación,
R E S U E L V O
Declarar Fiesta de Interés Turístico Nacional de Andalucía a la celebración Carrera de Cintas a Caballo de Fuente de Piedra (Málaga), con todos los derechos inherentes a tal declaración.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, o bien, directamente, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de enero de 2000.- El Director General, Marcelino Méndez-Trelles Ramos.