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Esta Delegación Provincial, en el expediente de referencia, ha dictado la Resolución mencionada, acordando en la misma lo siguiente:
1.º Declarar la situación legal de desamparo.
2.º Asumir la tutela de la menor por ministerio de la Ley.
3.º Ratificar el acogimiento residencial en el Centro «Cruz Roja¯, bajo la vigilancia de esta Entidad pública.
La presente Resolución es susceptible de ser recurrida ante la Jurisdicción Civil, sin necesidad de reclamación administrativa, ante el Juzgado de 1.ª Instancia competente, siendo el procedimiento aplicable el previsto en las normas de la jurisdicción voluntaria.
Comoquiera que se ignora el domicilio actual de doña Rosario López Durán, madre de la menor citada, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al interesado. Córdoba,
10 de enero de 2000.- El Delegado, Manuel Sánchez Jurado.
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