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BASES GENERALES PARA CUBRIR EN PROPIEDAD PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL, INTEGRANTES DE LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA 1999
I. BASES GENERALES
Primera. A) Se convocan, para cubrir con carácter fijo, las plazas de plantilla de Personal Laboral de este Excmo. Ayuntamiento, que figuran en los Anexos de estas Bases Generales.
Estas plazas pertenecen a la categoría que se indica, y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo que, igualmente, se especifica.
De ellas se reservan a turno de ascenso y turno de traslado de Personal Laboral de la propia Corporación, el número de plazas que se indican en los Anexos respectivos.
B) Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de funcionario de este Excmo. Ayuntamiento, que figuran en los Anexos de estas Bases Generales.
Estas plazas pertenecen a la escala, subescala o clase que se indica, y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo que, igualmente, se especifica.
De ellas se reservan a promoción interna de funcionarios en propiedad de la propia Corporación el número de plazas que se indican en los Anexos respectivos.
Los aspirantes que obtengan plaza quedarán sometidos al sistema de incompatibilidad actualmente vigente.
Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes Bases y Anexos correspondientes, y en su defecto, se estará a lo establecido en el R.D. Legislativo
781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, y R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado; R.D. 896/91, de 7 de junio; Ley 17/93, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea; R.D. 800/95, de 19 de mayo.
II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano de algún país miembro de la Unión Europea en los términos recogidos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre, y Real Decreto 800/95, de 19 de mayo.
b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los Anexos correspondientes.
f) Aquellos que, independientemente de los anteriores se establecieren en los Anexos correspondientes.
Cuarta. Los requisitos establecidos en las Bases anteriores, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los Anexos respectivos, deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.
III. SOLICITUDES
Quinta. Las solicitudes para participar en los procedimientos de ingreso serán facilitadas en la Secretaría Municipal del Excmo. Ayuntamiento y deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en la práctica de las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la
presentación de instancias.
A las instancias habrá de acompañarse relación detallada de los méritos que los aspirantes aportan a la fase de concurso, así como los documentos, originales o fotocopias compulsadas, acreditativos de los mismos.
También podrán presentarse en la forma que determina el art.
38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las Oficinas de Correos, Oficinas Consulares o Registros de la Administración General del Estado, o
Comunidades Autónomas).
Los derechos de examen, que se fijan en las cantidades
recogidas en los Anexos correspondientes, serán satisfechos por los opositores al presentar la instancia, a la que deberá adjuntarse el resguardo acreditativo del ingreso y fotocopia compulsada del DNI y de la titulación exigida.
IV. ADMISION DE CANDIDATOS
Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia la Resolución de la Alcaldía aprobando las listas de los aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán los nombres y apellidos de los candidatos y, en su caso, la causa de la no admisión.
- Por cada año de antig?edad en este Ayuntamiento, 1 punto (hasta un máximo de 3 puntos). Las fracciones puntuarán proporcionalmente cuando alcancen meses completos.
Fase de oposición.
1.º Consistirá en contestar en el tiempo máximo que determine el Tribunal, un cuestionario tipo test con respuestas
alternativas, o en desarrollar tres temas extraídos al azar por el Tribunal: Uno del Grupo I y dos del Grupo II del temario, común a todos los aspirantes y también en el tiempo máximo que determine el Tribunal.
2.º Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que en relación con el contenido de la plaza formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, se determine.
P R O G R A M A
GRUPO I
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Principios rectores de la política social y económica.
Tema 4. Organización territorial del Estado. Los estatutos de autonomía. Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 5. El municipio. Organización y competencias municipales.
Tema 6. La provincia. Organización y competencias.
Tema 7. El administrado. Concepto y clases. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 8. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 9. El procedimiento administrativo común: Concepto y significado. Principios generales del procedimiento
administrativo. Cómputo del tiempo: Términos y plazos. Los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 10. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
Tema 11. El personal al servicio de la Administración Local. Clases. Formas de acceso a la función pública local. El personal laboral.
Tema 12. El personal al servicio de la Administración Local. Situaciones administrativas.
Tema 13. Derechos de los funcionarios públicos locales. Responsabilidad.
Tema 14. Deberes de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
Tema 15. Los Presupuestos locales. Estructura. Tramitación. Régimen jurídico del gasto público local.
Tema 16. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.
Tema 17. La Administración General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Otros órganos de la Administración periférica.
Tema 18. Concepto de Administración Pública. Significado, orígenes y evaluación. Criterios justificativos de la
Administración Pública. La Administración Pública dentro de la estructura del Estado.
Tema 19. Los recursos administrativos. Consideraciones
generales. Clases. Elementos de los recursos. La revisión de oficio.
Tema 20. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
GRUPO II
Tema 1. El Centro Ocupacional de La Rinconada: Organización, objetivos y funcionamiento.
Tema 2. Centros municipales de Servicios Sociales: Estructura y personal.
Tema 3. Los Servicios Sociales comunitarios: Necesidad, organización y programación.
Tema 4. El Patronato Municipal Pro-Disminuidos de La Rinconada. Competencias. Organos de Gobierno.
Tema 5. Ley de Integración de Minusválidos.
Tema 6. Rol, funciones y formación del Monitor de un Centro Ocupacional.
Tema 7. Educación para el ocio y tiempo libre con disminuidos.
Tema 8. Integración de los diminuidos en el medio educativo.
Tema 9. Integración social y laboral de los disminuidos.
Tema 10. Programa de prevención de minusvalías.
Tema 11. Intervención con familias de minusválidos.
Tema 12. El servicio de ayuda a domicilio como apoyo en el trabajo con minusválidos.
Tema 13. La tutela en minusválidos.
Tema 14. Cultivos de invernaderos. Mercado para los mismos.
Tema 15. Sistemas de riego de invernaderos.
Tema 16. Cultivos de invernaderos en un Centro Ocupacional para discapacitados.
Tema 17. Arte floral como actividad complementaria en un invernadero.
Tema 18. Sistema de climatología en invernaderos.
Tema 19. El trabajo interdisciplinario en el cuidado y atención de los minusválidos.
Tema 20. La familia como agente de socialización. Familia y aprendizaje.
ANEXO V
Plaza de Operario Jardinero.
Número de plazas: Una.
Denominación: Operario Jardinero.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Personal de Oficio.
Categoría: Operario.
Grupo: E.
Sistema de Selección: Oposición Libre.
Titulación exigida: Certificado de Estudios Primarios o equivalente.
Derechos de examen: 550 ptas.
E J E R C I C I O S
11. Consistirá en desarrollar, en el tiempo que el Tribunal estime necesario, un examen tipo test, acerca del temario que se adjunta.
21. Consistirá en resolver problemas sobre suma, resta, multiplicación y división, por un tiempo que el Tribunal estime necesario.
31. Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que, en relación con el cometido de la plaza, formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo que éste estime necesario.
P R O G R A M A
Tema 1. Idea general de la Constitución española de 1978.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Idea general del Régimen Local español. Principios Constitucionales.
Tema 4. Organización Territorial del Estado. Estatuto de Autonomía Andaluz. Su significado.
Tema 5. Seguridad e higiene: Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.
Tema 6. Principales labores de mantenimiento y conservación en jardinería.
Tema 7. Definición y clases de podas. Epocas de realización.
Tema 8. Problemática del arbolado viario. Técnicas y medios para su mantenimiento y conservación.
Tema 9. El abonado de plantas. Abonos orgánicos y químicos. Conveniencia de la utilización de cada uno de ellos según el tipo de plantas.
Tema 10. El riego. Calidad del agua de riego. Clases de riego. Aplicación de los riegos en jardinería.
Tema 11. El césped. Conservación y mantenimiento.
ANEXO VI
Plaza de Limpiador/a.
Número de plazas: Dos (Personal Laboral).
Categoría profesional: Limpiador/a.
Grupo de convenio: E.
Sistema de selección: Oposición Libre.
Titulación exigida: Certificado de Estudios Primarios o equivalente.
Derechos de examen: 550 ptas.
E J E R C I C I O S
11. Consistirá en desarrollar, en el tiempo que el Tribunal estime necesario, un examen tipo test, acerca del temario que se adjunta.
21. Consistirá en resolver problemas sobre suma, resta, multiplicación y división, por un tiempo que el Tribunal estime necesario.
31. Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que, en relación con el cometido de la plaza, formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo que éste estime necesario.
P R O G R A M A
Tema 1. Idea general de la Constitución española de 1978.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Idea general del Régimen Local español. Principios Constitucionales.
Tema 4. Organización Territorial del Estado. Estatuto de Autonomía Andaluz. Su significado.
Tema 5. Seguridad e higiene: Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.
Tema 6. Limpieza de diferentes clases de suelo. Especial referencia al mármol, terrazo, loseta hidráulica y pavimentos de gres.
Tema 7. Limpieza de cuartos de baño. Limpieza de cristales.
Tema 8. Limpieza de mobiliario de madera. Productos
especialmente indicados para ello.
Tema 9. Tratamiento y mantenimiento de los suelos enmoquetados. Limpieza de alfombras.
Tema 10. Elementos que deben integrar un menaje elemental en la limpieza diaria. Elementos a utilizar según se trate de oficinas o centros educativos.
Tema 11. Edificios Municipales. Ubicación.
ANEXO VII
Plaza de Operario Mantenedor de Instalaciones Deportivas.
Número de plazas: Tres (Personal Laboral).
Categoría Profesional: Peón.
Grupo Convenio: E.
Sistema de Selección: Concurso-Oposición.
Titulación exigida: Certificado de Estudios Primarios o equivalente.
Derechos de examen: 550 ptas.
E J E R C I C I O S
Fase de concurso.
Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter
eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:
- Desempeño de plaza análoga a la convocada en cualquiera de las Administraciones Públicas, 1 punto por cada año de servicio (las fracciones puntuarán proporcionalmente cuando alcancen meses completos), hasta un máximo de 3 puntos.
Fase de oposición.
Constará de los siguientes ejercicios:
1. Consistirá en contestar, en el tiempo que el Tribunal estime necesario, un examen tipo test, acerca del temario que se adjunta.
2. Consistirá en resolver problemas sobre suma, resta,
multiplicación y división, por el tiempo que el Tribunal estime necesario.
3. Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que, en relación con el cometido de la plaza, formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, se determine.
P R O G R A M A
Tema 1. Idea general de la Constitución española de 1978.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Idea general de Régimen Local Español. Principios Constitucionales.
Tema 4. Organización Territorial del Estado. Estatuto de Autonomía Andaluza. Significado.
Tema 5. Seguridad e higiene: La Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.
Tema 6. Mantenimiento del césped.
Tema 7. Mantenimiento de pavimentos deportivos: Parqué, cuarzo, pistas de atletismo de sintético prefabricado.
Tema 8. Mantenimiento de piscinas descubiertas.
Tema 9. Normas básicas de seguridad e higiene en una
instalación cubierta.
Tema 10. Almacenaje deportivo. Tipos de materiales. Definición de inventariable y fungible.
Tema 11. Red de instalaciones deportivas en el Municipio de La Rinconada. Localización.
ANEXO VIII
Plaza de Agente de Desarrollo Local.
Número de plazas: Una (Personal Laboral).
Categoría Profesional: Agente de Desarrollo Local.
Grupo de Convenio: B.
Sistema de selección: Oposición Libre.
Titulación exigida: Diplomado en Empresariales.
Derechos de examen: 1.550 ptas.
E J E R C I C I O S
1.º Consistirá en contestar, en el tiempo máximo que determine el Tribunal, un cuestionario tipo test con respuestas
alternativas, o en desarrollar tres temas extraídos al azar por el Tribunal: Uno del Grupo I y dos del Grupo II del temario, común a todos los aspirantes y también en el tiempo máximo que determine el Tribunal.
2.º Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que en relación con el contenido de la plaza formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, se determine.
P R O G R A M A
GRUPO I
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Principios rectores de la política social y económica.
Tema 4. Organización territorial del Estado. Los estatutos de autonomía. Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 5. El municipio. Organización y competencias municipales.
Tema 6. La provincia. Organización y competencias.
Tema 7. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 8. El procedimiento administrativo común: Concepto y significado. Principios generales del procedimiento
administrativo. Cómputo del tiempo: Términos y plazos. Los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 9. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
Tema 10. El personal al servicio de la Administración Local. Clases. Formas de acceso a la función pública local. El personal laboral.
Tema 11. El personal al servicio de la Administración Local. Situaciones administrativas.
Tema 12. Derechos de los funcionarios públicos locales. Responsabilidad.
Tema 13. Deberes de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
Tema 14. Los Presupuestos locales. Estructura. Tramitación. Régimen jurídico del gasto público local.
Tema 15. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.
Tema 16. La Administración General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Otros órganos de la Administración periférica.
Tema 17. Concepto de Administración Pública. Significado, orígenes y evaluación. Criterios justificativos de la
Administración Pública. La Administración Pública dentro de la estructura del Estado.
Tema 18. Los recursos administrativos. Consideraciones
generales. Clases. Elementos de los recursos. La revisión de oficio.
Tema 19. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
GRUPO II
Tema 1. Concepto de desarrollo económico y su evolución. Quiebra de los modelos tradicionales en el espacio rural.
Tema 2. Posibilidades de desarrollo local en el medio rural. Marco de referencia para una estrategia de desarrollo.
Tema 3. Fuentes instrumentales para la planificación del desarrollo local.
Tema 4. Los aspectos fundamentales del entorno como base del desarrollo.
Tema 5. Bases, criterios e instrumentos para el establecimiento de estrategias de planificación en espacios rurales.
Tema 6. La dinamización en el medio rural. Factores activadores de la capacidad emprendedora de entornos locales.
Tema 7. La intervención de las Corporaciones Locales en el fomento del empleo.
Tema 8. Organismos municipales de formación económica.
Tendencias actuales en la elección del tipo jurídico.
Tema 9. La formación de formadores. Concepto e importancia. Problemática y evolución.
Tema 10. Metodología en el desarrollo de iniciativas locales de empleo.
Tema 11. Planificación de la ejecución de un proyecto
empresarial.
Tema 12. Estudios del mercado de trabajo a nivel local. Estrategia y política de desarrollo, análisis y sistemas de información. Instrumentos de apoyo.
Tema 13. La internacionalización del tejido productivo local. La cooperación económica internacional.
Tema 14. Estudios de oferta y oportunidades de desarrollo empresarial en una zona. Metodología.
Tema 15. El desarrollo rural. Experiencias de desarrollo en la provincia de Sevilla.
Tema 16. Las sociedad de capital de participación local. Creación y funcionamiento.
Tema 17. La implicación de la población en el desarrollo local. Metodología.
Tema 18. La importancia de la economía social en los modelos de desarrollo local: Caso de La Rinconada.
Tema 19. Líneas de apoyo a las PYMEs en la Administración Central, Autonómica y de la Unión Europea. Otras líneas de coparticipación. Metodología en el acercamiento de estos instrumentos a las PYMEs.
Tema 20. Las estrategias europeas de estímulo a las iniciativas locales de empleo y su desarrollo.
Tema 21. El diagnóstico del territorio y la constitución de un proyecto de desarrollo.
Tema 22. El apoyo a la pequeña y mediana empresa en el ámbito local.
Tema 23. Desarrollo local y medio ambiente; el desarrollo sostenible.
Tema 24. Las mancomunidades y sociedades para el desarrollo socioeconómico de la provincia de Sevilla. Principales
características.
Tema 25. El dinamizador económico empresarial. Metodología en la dinamización. Ejemplos. Formación del dinamizador.
Tema 26. La inserción laboral de sectores de especial atención, parados de larga duración, jóvenes, minusválidos, mujeres, etc.
Tema 27. La formación como instrumento en la promoción del empleo. Tipos de instrumentos. Especial referencia a la inserción juvenil.
Tema 28. La formación de los gestores y empresarios. Ayudas y metodología.
Tema 29. Metodología de acompañamiento en un proyecto local de empleo.
Tema 30. Programas de fomento de empleo, la movilidad y la formación de trabajadores desde la Unión Europea.
Tema 31. El papel de las asociaciones y fundaciones como propuestas a las necesidades de creación de servicios y empleo.
Tema 32. Las cooperativas en el derecho español. Clases de cooperativas, con especial referencia a las de trabajo
asociado. Régimen jurídico: Constitución y registro, los socios y asociados, el Consejo Rector. Especial referencia a la Ley de Cooperativas de Andalucía.
Tema 33. Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficio. Los talleres de empleo.
Tema 34. El acuerdo económico para la protección social agraria.
Tema 35. El euro: Plan municipal para la implantación del euro.
Tema 36. El euro y las PYMEs.
Tema 37. El programa de traslado a suelo industrial en La Rinconada.
Tema 38. Las empresas de trabajo temporal.
Tema 39. Los sectores económicos emergentes en La Rinconada.
Tema 40. Los nuevos yacimientos de empleo en La Rinconada.
Tema 41. Principios básicos de la organización en las Agencias de Desarrollo Local.
La Rinconada, 26 de noviembre de 1999.- El Alcalde. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de 10 días para aportación de documentación, según art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes excluidos podrán interponer reclamación en el plazo de un mes a partir de la publicación de la referida lista.
En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.
Séptima. De acuerdo con lo establecido en la Ley/1982, de 7 de abril, y Ley 23/98, de 28 de julio, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
En las pruebas selectivas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.
Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar
documentalmente, a través del Organismo competente, su
condición de minusválido y poseer una discapacidad de grado igual o superior al treinta por ciento. La incompatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta, habrá de acreditarse por el Servicio Médico de Empresa.
V. TRIBUNALES
Octava. El Tribunal estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Diputación Provincial de Sevilla; un representante de la Junta de Andalucía; un
funcionario de carrera de la Corporación, nombrado por ésta a propuesta de la Junta de Personal cuando se trate de cubrir plazas de funcionarios; un representante del personal laboral de la Corporación, designado por ésta a propuesta de los representantes de los trabajadores, cuando se trate de cubrir plazas de carácter laboral.
Así como un Auxiliar Administrativo para la realización de los trabajos mecanográficos y administrativos que resulten
necesarios, y que no tendrá ni voz ni voto.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como presidente, siendo igualmente de aplicación cuanto se establece en el art. 25 de dicho texto legal.
El Tribunal Calificador quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo
contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad competente, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
VI. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS
Novena. El calendario de pruebas, hora y lugar de su
realización se publicarán en el Boletín Oficial de la
Provincia, conjuntamente con la relación de admitidos y excluidos definitivamente, así como la composición del
Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su personalidad.
Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada, comience por la letra que se
determinará en sorteo público a celebrar en la Secretaría General de este Ayuntamiento, el segundo día hábil siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los aspirantes serán nombrados en llamamiento único para cada ejercicio, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos tres meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria.
El Tribunal establecerá el calendario para la realización, debiendo mediar entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente un plazo mínimo de 72 horas. No obstante, si los opositores dieren su conformidad, se podrán realizar todas las pruebas en el mismo día.
VII. SISTEMA DE CALIFICACION
Décima. Fase de Oposición.
Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán por escrito, y leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos, obteniéndose la calificación de cada ejercicio por la media de los puntos concedidos por cada miembro del Tribunal, pudiéndose eliminar por parte del Tribunal, si se considera oportuno, las
puntuaciones mayor y menor, al objeto de garantizar la equidad en la nota concedida a los aspirantes. Las plazas que en sus Anexos lleven un sistema de calificación propio serán excluidas del anteriormente expuesto.
Fase de Concurso.
En aquellas convocatorias en que así se determine en sus Anexos respectivos, se valorarán los méritos incluidos en los baremos correspondientes. La valoración de dichos méritos no servirá para superar la Fase de Oposición.
La puntuación definitiva y el orden de calificación estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la fase de concurso.
VIII. PUNTUACION Y PROPUESTA DE SELECCION
Undécima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de
seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación, quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno de la misma.
IX. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
Duodécima. El aspirante propuesto deberá aportar, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos exigidos en las Bases de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los Anexos.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser
nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus instancias. En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, no reuniese los requisitos para ocupar la plaza, o no superase el
respectivo curso de formación perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista a favor del aspirante, que habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de
calificación. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Cumplidos los trámites, el Presidente de la Corporación elevará propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno Municipal, en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenida plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de 30 días
naturales, a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado.
X. IMPUGNACION
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de las mismas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En concreto, las propuestas del Tribunal calificador de las distintas pruebas podrán ser recurridas ante el Sr. Alcalde-Presidente a través de un recurso de alzada, de conformidad con lo dispuesto en el art. 107 de la Ley 4/99, que modifica la Ley 30/92 del Procedimiento Administrativo Común. La resolución definitiva que ponga fin al proceso
administrativo, que será adoptado por el Sr. Alcalde-
Presidente, podrá ser recurrida en reposición ante dicho
órgano o ante los Juzgados Contencioso-Administrativos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-
administrativa.
ANEXO I
PLAZA POLICIA LOCAL
Núm. de plazas: Tres.
Denominación: Policía Local.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Policía Local.
Categoría: Agente de la Policía Local.
Grupo: D.
Sistema de selección: Oposición Libre.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional I Grado o equivalente.
Derechos de examen: 1.000 ptas.
REQUISITOS ESPECIFICOS DE LA PLAZA DE POLICIA LOCAL
Además de los requisitos contemplados en las Bases generales que rigen la presente convocatoria, los aspirantes a las plazas de Policía Local deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser español.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido los 30.
c) Estatura mínima de 1,70 m los hombres y 1,65 m las mujeres.
d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y
administrativas, si el interesado lo justifica.
f) Estar en posesión de los permisos de conducción de las Clases A2 y B2 o análogos.
g) Compromiso de conducir vehículos policiales en concordancia con el apartado anterior.
h) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de
incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente ni en los que figuran en el cuadro de exclusiones médicas anexo a estas Bases.
Los requisitos establecidos deberán acreditarse
documentalmente.
II. SOLICITUDES
Deberá aportarse con la entrega de la solicitud, además de los documentos solicitados en las Bases generales de la presente convocatoria, fotocopia compulsada de los permisos de conducir A2 y B2 o análogos.
III. TRIBUNALES
A la composición del Tribunal reflejada en las Bases generales por las que se rige la presente convocatoria, se sumarán como vocales el Jefe del Servicio de la Policía Local, el Sargento de la Policía Local y un representante de la Jefatura
Provincial de Tráfico.
IV. SISTEMA DE SELECCION Y PRUEBAS SELECTIVAS
Fase de Oposición.
1. Si en alguno de los ejercicios al aspirante se le calificase como no apto o con puntuación inferior a cinco puntos, ello supondrá la descalificación automática, quedando por tanto eliminado.
2. De las puntuaciones que otorgase el Tribunal Calificador se eliminarán por parte del mismo la mayor y menor puntuaciones, cuando entre ellas exista una diferencia igual o superior a cuatro puntos, de tal manera que la nota que obtendría el aspirante, caso de darse dicha circunstancia, sería la media de las restantes puntuaciones concedidas.
3. El sistema de calificación especificado en las Bases generales por las que se rige la presente convocatoria, así como las especificadas en este Anexo, no regirán para las pruebas de aptitud física y psicotécnicas, dado que las mismas serán calificadas como aptas o no aptas.
V. PRUEBAS SELECTIVAS
A) Aptitud física.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que reúne la condiciones físicas precisas para realizar las siguientes pruebas deportivas:
1. Fuerza flexora:
a) Hombres: Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con movimiento de piernas. Dos intentos. Los aspirantes tendrán que realizar un mínimo de 8 flexiones.
b) Mujeres: El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición de brazos flexionados, presa con las palmas de las manos hacia atrás, piernas completamente
extendidas y pies sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella. Dos intentos. Las aspirantes tendrán que mantenerse en la posición descrita anteriormente un mínimo de 40 segundos.
2. Salto vertical (hombres y mujeres): Desde la posición inicial de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el aspirante marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 cm de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida al saltar. Dos intentos. Los aspirantes tendrán que alcanzar 52 cm los hombres y 40 cm las mujeres.
3. Salto de longitud: Se tomará la carrera necesaria y se batirá con un solo pie, según reglamento de atletismo. Dos intentos. Los aspirantes tendrán que superar 4,5 metros los hombres y 3,80 metros las mujeres.
4. Salto de altura: 1,30 metros los hombres y 1,15 metros las mujeres, batiendo con un solo pie, según el reglamento de atletismo. Dos intentos.
5. Carrera de velocidad (60 metros): El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado sin tacos. Dos intentos. Marcas mínimas: 8,50 para los hombres y 9,50 para las mujeres.
6. Carrera de resistencia sobre 2.000 m: El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Dos intentos. Marcas mínimas: 8,00 minutos para los hombres y 9,00 minutos para mujeres.
Los ejercicios de las pruebas de aptitud física se realizarán por el orden que han quedado expuestos, y cada uno es
eliminatorio para realizar el siguiente, debiendo alcanzar el aspirante los mínimos establecidos.
B) Prueba psicotécnica.
Consistirá en la realización de un test de carácter
psicotécnico y una entrevista de igual carácter para determinar las aptitudes del opositor que aparecen reseñadas en el Anexo I.3.
Para la realización de esta prueba el Alcalde nombrará un Psicólogo como asesor del Tribunal.
El Tribunal calificará de apto o no apto, no pudiendo realizar los siguientes ejercicios los aspirantes declarados no aptos.
C) Prueba de conocimientos.
1. Ejercicio teórico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo mínimo de dos horas, dos temas extraídos al azar entre los que figuran en el Anexo I.1. No obstante, también podrá consistir en la contestación de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas.
2. Ejercicio práctico. Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos que, adecuado a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionado con el programa de materia, decida el Tribunal, en un tiempo mínimo de una hora.
Estos ejercicios serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos en el ejercicio teórico y otros cinco puntos en el ejercicio práctico.
D) Reconocimiento médico.
El aspirante se someterá a un reconocimiento médico obligatorio por parte de los médicos que designe la Corporación, para comprobar si el mismo se encuentra incurso en los casos de incapacidad enumerados en el cuadro de exclusiones médicas que rige para el ingreso en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y que aparecen reflejados en el Anexo I.2.
VI. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
1. Los aspirantes, además de superar las pruebas de selección establecidas en la presente convocatoria, deberán superar el curso de formación, conforme a los programas vigentes y legalmente aprobados al efecto.
2. Los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador, durante el período en que realicen el Curso de Formación, estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el art.
24 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado, quedando en cuanto a materia de retribuciones a lo dispuesto en el art. 1 del Real Decreto 456/86, de 10 de febrero.
3. Cuando los aspirantes no superasen el curso de ingreso, a la vista del informe remitido por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, el Ayuntamiento decidirá si se da opción a que el aspirante repita el curso siguiente, en cuyo caso quedará en suspenso la situación de Funcionario en Práctica hasta el momento de la participación en dicho curso, que, de no superar, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos en la fase anterior. De no superarlo perderá todos sus derechos al nombramiento como Funcionario de Carrera.
Igualmente, la no incorporación o abandono de este curso, sin causa justificada, producirá la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección realizadas.
ANEXO I.1
T E M A R I O
Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
Tema 3. Tipología de los Entes públicos. Las Administraciones Central, Autónoma, Local e Institucional.
Tema 4. Las Comunidades Autónomas. Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía, estructura y
disposiciones generales.
Tema 5. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 6. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.
Tema 7. Relaciones de la Junta de Andalucía con la
Administración Central y con otras comunidades autónomas. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Tema 8. El Derecho Administrativo y sus fuentes: La Ley y el Reglamento.
Tema 9. Los actos administrativos: Concepto y clases.
Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
Tema 10. Los recursos administrativos. Concepto y clases.
Tema 11. La organización territorial del Estado: La provincia y el municipio.
Tema 12. La Administración Local: Autonomía de los Entes locales, principios constitucionales de la Administración Local.
Tema 13. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.
Tema 14. Potestades de la Administración Local, potestad normativa: Reglamentos, ordenanzas, bandos. Competencias de los Entes locales, materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.
Tema 15. La Función Pública Local: Conceptos. Clases.
Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Especial referencia a los Policías Locales. Derechos, deberes e
incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.
Tema 16. La actividad de los Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley
1/89 de Coordinación de los Policías Locales de Andalucía.
Tema 17. Ley de Seguridad Vial. El reglamento de circulación. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.
Tema 18. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.
Tema 19. La ciudad. El suburbio. El fenómeno de la
urbanización, población y grupo social.
Tema 20. La sociedad de masas. Características.
Tema 21. Características poblacionales, urbanas y rurales del municipio. Centros y establecimientos de interés policial.
ANEXO I.2
CUADRO DE EXCLUSION MEDICA
1. Talla: Estatura mínima 1,70 metros los hombre y 1,65 metros las mujeres.
2. Obesidad-delgadez: Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias de su cargo.
Peso no superior ni inferior al 20% del teórico ideal,
calculado según la formula siguiente:
P.I.= [(talla en cm -) + edad/4] x 0,9
3. Exclusiones definitivas:
3.1. Ojo y visión:
- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
- Queratotomía radial.
- Desprendimiento de retina.
- Estrabismo.
- Hemianopsias.
- Discomatopsias.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
3.2. Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo, no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
3.3. Otras exclusiones:
- Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los inspectores médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de
extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defecto de columna vertebral y otros procesos óseos musculares y articulares.
- Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los inspectores médicos dificulten el desempeño del puesto de trabajo.
- Aparato cardio-vascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg, en presión sistólica, y 90 mm/Hg, en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardio vascular que, a juicio de los inspectores médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
- Aparato respiratorio: El asma bronquial, broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.
- Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
- Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que
dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
- Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades
transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los
inspectores médicos, limiten o incapaciten para el ejercicio de la función policial.
Estas exclusiones médicas se garantizan con las pruebas complementarias de diagnóstico (estudio radiográfico, analítica de sangre y orina...).
ANEXO I.3
El examen psicotécnico constará en todo caso de pruebas que evalúen los factores que a continuación se indican:
- Intelectuales: Nivel intelectual con un coeficiente de inteligencia general superior a la media de la población española.
- Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal,
razonamiento verbal y espacial, y memoria. Atributos que requieran una puntuación media-alta.
- Características de personalidad: Ausencia de patología. Madurez y estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad. La puntuación requerida será la media, excepto en madurez y estabilidad emocional que deberá ser media-alta.
Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas.
Se entiende por media y alta las de la población general de nuestro país.
ANEXO II
Plaza de Director/a Centro Ocupacional.
Número de plazas: Una (Personal Laboral).
Categoría Profesional: Director.
Grupo de Convenio: B.
Sistema de selección: Concurso-Oposición Turno de Ascenso.
Titulación exigida: Diplomado Universitario.
Derechos de examen: 1.555 ptas.
Requisitos específicos de la plaza de Director/a Centro Ocupacional.
Podrán presentarse los trabajadores de cualquier grupo y categoría que tengan una relación laboral de carácter
indefinido con este Ayuntamiento, siempre que estén en posesión de la titulación y condiciones requeridas para el puesto.
E J E R C I C I O S
Fase de concurso.
Será previa a la realización de las pruebas de aptitud, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios que se realicen en dicha prueba. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:
- Por cada año de antig?edad en este Ayuntamiento, 1 punto (hasta un máximo de 3 puntos). Las fracciones puntuarán proporcionalmente cuando alcancen meses completos.
Fase de oposición.
1.º Consistirá en contestar, en el tiempo máximo que determine el Tribunal, un cuestionario tipo test con respuestas
alternativas, o en desarrollar tres temas extraídos al azar por el Tribunal: Uno del Grupo I y dos del Grupo II del temario, común a todos los aspirantes y también en el tiempo máximo que determine el Tribunal.
2.º Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que en relación con el contenido de la plaza formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, se determine.
P R O G R A M A
GRUPO I
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Principios rectores de la política social y económica.
Tema 4. Organización territorial del Estado. Los estatutos de autonomía. Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 5. El municipio. Organización y competencias municipales.
Tema 6. La provincia. Organización y competencias.
Tema 7. El administrado. Concepto y clases. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 8. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 9. El procedimiento administrativo común: Concepto y significado. Principios generales del procedimiento
administrativo. Cómputo del tiempo: Términos y plazos. Los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 10. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
Tema 11. El personal al servicio de la Administración Local. Clases. Formas de acceso a la función pública local. El personal laboral.
Tema 12. El personal al servicio de la Administración Local. Situaciones administrativas.
Tema 13. Derechos de los funcionarios públicos locales. Responsabilidad.
Tema 14. Deberes de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
Tema 15. Los Presupuestos locales. Estructura. Tramitación. Régimen jurídico del gasto público local.
Tema 16. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.
Tema 17. La Administración General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Otros órganos de la Administración periférica.
Tema 18. Concepto de Administración Pública. Significado, orígenes y evaluación. Criterios justificativos de la
Administración Pública. La Administración Pública dentro de la estructura del Estado.
Tema 19. Los recursos administrativos. Consideraciones
generales. Clases. Elementos de los recursos. La revisión de oficio.
Tema 20. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
GRUPO II
Tema 1. El Centro Ocupacional de La Rinconada: Organización, objetivos y funcionamiento.
Tema 2. El Instituto Andaluz de Servicios Sociales.
Organización y competencias.
Tema 3. Centros municipales de Servicios Sociales: Estructura y personal.
Tema 4. Gestión de un centro ocupacional para discapacitados.
Tema 5. Los Servicios Sociales comunitarios: Necesidad, organización y programación.
Tema 6. El Patronato Municipal Pro-Disminuidos de La Rinconada. Competencias. Organos de Gobierno.
Tema 9. Ley de Integración de Minusválidos.
Tema 10. Los recursos sociales.
Tema 11. Rol, funciones y formación del Director de un Centro Ocupacional.
Tema 13. La Ley de Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma Andaluza.
Tema 14. Educación para el ocio y tiempo libre con
discapacitados.
Tema 15. Integración laboral de los discapacitados.
Tema 16. Integración de los discapacitados en el medio
educativo.
Tema 17. Integración social de los discapacitados.
Tema 18. Programa de prevención de minusvalías.
Tema 19. Prestaciones básicas para minusválidos en
servicios sociales.
Tema 20. Intervención con familias de minusválidos.
Tema 21. El servicio de ayuda a domicilio como apoyo en el trabajo con discapacitados.
Tema 22. La tutela en minusválidos.
Tema 23. Cultivos de invernaderos.
Tema 24. Sistemas de riego de invernaderos.
Tema 25. Mercado para cultivos de invernaderos.
Tema 26. Cultivos de invernaderos en un Centro Ocupacional para disminuidos.
Tema 27. Arte floral como actividad complementaria en un invernadero.
Tema 28. Sistema de climatología en invernaderos.
Tema 29. Programas europeos para colectivos desfavorecidos.
Tema 30. Programas de garantía social para discapacitados.
Tema 31. La programación en un Centro Ocupacional. Metodología.
Tema 32. La organización de los recursos humanos en un Centro Ocupacional.
Tema 33. La marginación social. Concepto. Factores y
condiciones.
Tema 34. Política social para discapacitados.
Tema 35. Las minusvalías: Tipos, características y programas de actuación.
Tema 36. Psicología del discapacitado. Características
principales.
Tema 37. El grupo. Concepto, estructura y tipos.
Tema 38. La dinámica de grupos: Definición, técnicas,
aplicaciones y campo de investigación.
Tema 39. El informe individualizado. Definición y técnicas de elaboración.
Tema 40. Pedagogía: Su concepto y problemática.
ANEXO III
Plaza de Psicólogo.
Número de plazas: Una (Personal Laboral).
Categoría profesional: Psicólogo.
Grupo de convenio: A.
Sistema de selección: Oposición Libre.
Titulación exigida: Licenciado en Psicología.
Derechos de examen: 1.555 ptas.
E J E R C I C I O S
1.º Consistirá en contestar, en el tiempo máximo que determine el Tribunal, un cuestionario tipo test con respuestas
alternativas, o en el desarrollo de cuatro temas elegidos al azar por el Tribunal, común a todos los aspirantes, en el tiempo que por el Tribunal se determine, sobre el programa adjunto a la presente convocatoria.
2.º Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que, en relación con el contenido de la plaza formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, se determine.
P R O G R A M A
PARTE PRIMERA
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios Generales.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. La Corona. El Poder Legislativo.
Tema 4. El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder Judicial.
Tema 5. Organización Territorial del Estado. Estatuto de Autonomía Andaluza: Su significado.
Tema 6. Régimen Local Español. Principios Constitucionales y regulación jurídica.
Tema 7. La Provincia en el Régimen Local. Organización
Provincial. Competencias.
Tema 8. El Municipio. Término municipal y población.
Organización y competencias.
Tema 9. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos locales. Resoluciones de los órganos unipersonales. Ordenanzas y Reglamentos: Concepto, clases, procedimientos de elaboración y aprobación.
Tema 10. Los presupuestos locales. Régimen jurídico del gasto público local. Responsabilidades derivadas de la actuación económica.
Tema 11. La Rinconada: Historia y Evolución. Características socio-económicas. Los sectores económicos. La estructura de la población. Situación.
Tema 12. Sociedad para el Desarrollo Económico de La Rinconada. Competencias. Organos de Gobierno.
Tema 13. El Patronato Municipal Pro-Disminuidos de La
Rinconada. Competencias. Organos de Gobierno.
Tema 14. El Patronato Municipal de Juventud y Deportes de La Rinconada. Competencias. Organos de Gobierno.
Tema 15. El Reglamento: Sus clases. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
PARTE SEGUNDA
Tema 1. Evolución de la Orientación Educativa.
Tema 2. La Ley Orgánica del Derecho a la Educación.
Tema 3. La Ley de Orientación General del Sistema Educativo.
Tema 4. Plan de actuación en Educación de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla.
Tema 5. Los Equipos Psicopedagógicos Municipales una
alternativa local a la acción orientadora. Definición.
Tema 6. Evolución de los Equipos Psicopedagógicos Municipales desde sus inicios hasta nuestros días.
Tema 7. Ley de Integración Escolar del niño con minusvalía.
Tema 8. La Integración de alumno con necesidades educativas especiales.
Tema 9. Centros específicos de educación especial y las aulas de apoyo a la integración. Funciones y características.
Tema 10. La integración de alumnos con dificultades motóricas.
Tema 11. La integración de alumnos con problemas de audición y lenguaje.
Tema 12. La integración de alumnos disminuidos psíquicos.
Tema 13. Los trastornos del aprendizaje. Tipos, diagnósticos y tratamiento.
Tema 14. El retraso mental: Concepto, Tipos, etc.
Tema 15. El Consejo Escolar y el Consejo Escolar Municipal. Funciones.
Tema 16. Los equipos Orientadores. Fundamentación, objetivos, funciones y programas.
Tema 17. Incardinación de los distintos componentes de un centro escolar. Organigrama.
Tema 18. Características de la terapia de conducta infantil. Habilidades básicas del terapeuta.
Tema 19. Los departamentos de educación municipales.
Tema 20. Los recursos educativos del gabinete psicopedagógico.
Tema 21. Análisis de las necesidades educativas para la intervención psicopedagógica.
Tema 22. La intervención en los Equipos de Orientación.
Tema 23. La evaluación en los Equipos de Orientación.
Tema 24. Plan de Centro y los Equipos Psicopedagógicos
Municipales.
Tema 25. Los Centros de Profesores. Funciones y colaboraciones.
PARTE TERCERA
Tema 1. Organización de los Gabinetes Psicopedagógicos.
Tema 2. Niveles de intervención de un Gabinete Psicopedagógico.
Tema 3. Dimensión comunitaria del Gabinete Psicopedagógico.
Tema 4. Programa preventivo de aplicación en la educación infantil.
Tema 5. Programas de tratamiento de aplicación en la educación infantil.
Tema 6. Programas preventivos de aplicación en los distintos ciclos de la Enseñanza Primaria Obligatoria.
Tema 7. Programas de tratamiento de aplicación en los distintos ciclos de Enseñanza Primaria Obligatoria.
Tema 8. La problemática psicopedagógica.
Tema 9. El Orientador como agente de cambio educativo.
Tema 10. Finalidad y objetivos de la educación.
Tema 11. El Gabinete Psicopedagógico en los centros escolares.
Tema 12. El servicio de orientación del Gabinete
Psicopedagógico en Educación Infantil y en la Educación Primaria Obligatoria en el municipio de La Rinconada.
Tema 13. Las relaciones del Gabinete con los profesores.
Tema 14. Las relaciones del Gabinete con los padres.
Tema 15. Las relaciones del Gabinete con los equipos docentes en las distintas áreas curriculares y órganos unipersonales del centro.
Tema 16. Las relaciones del Gabinete con los alumnos.
Tema 17. Evaluación del rendimiento escolar: Rendimiento suficiente y satisfactorio.
Tema 18. Las Técnicas de orientación psicopedagógica.
Tema 19. Delimitación del concepto fracaso escolar.
Tema 20. Causas del Fracaso Escolar. Análisis de los distintos factores.
Tema 21. La orientación en el fracaso escolar. Evaluación y actividades orientadoras.
Tema 22. Características psicológicas del alumno de 0 a 5 años. Repercusiones en la educación.
Tema 23. Características psicológicas del alumno de 6 a 8 años. Repercusiones en la educación.
Tema 24. Características psicológicas del alumno de 9 a 12 años. Repercusiones en la educación.
Tema 25. Dinámica grupal en la escuela. Concepto, organización, etc.
PARTE CUARTA
Tema 1. Evaluación de las dimensiones: Cognitiva,
comportamental y afectiva de los alumnos de la Enseñanza Obligatoria.
Tema 2. Desarrollo del alumno en la esfera intelectual.
Tema 3. Desarrollo del alumno en la esfera afectiva.
Tema 4. Desarrollo del alumno en la esfera psicomotriz.
Tema 5. La orientación a los profesores-tutores. Actividades.
Tema 6. La orientación a los profesores de apoyo a la
integración de refuerzo escolar. Actividades.
Tema 7. La orientación a los padres de niños con dificultades de aprendizaje.
Tema 8. La orientación a los padres de niños con problemas de comportamiento.
Tema 9. La orientación a los padres de niños con problemas afectivo-emocionales.
Tema 10. Programas de información para padres en la Educación Infantil de 0 a 5 ahos.
Tema 11. Programas de información para padres en la Educación Primaria Obligatoria de 6 a 8 años.
Tema 12. Programas de información para padres en la Educacion Primaria Obligatoria de 8 a 12 años.
Tema 13. Diferencias entre niños con retraso escolar y niños con necesidades educativas especiales.
Tema 14. Funciones del profesor-tutor, del profesor de apoyo a la integración y del profesor de apoyo a ciclo.
Tema 15. Organización de una escuela de padres. Objetivos y contenidos.
Tema 16. El diagnóstico Psicopedagógico. Pluridimensionalidad.
Tema 17. La Entrevista como técnica psicológica.
Tema 18. La educación sexual en los centros escolares.
Tema 19. La orientación vocacional. Momentos críticos de la orientación profesional.
Tema 20. Las técnicas de estudio y de trabajo intelectual.
Tema 21. Técnicas de modificación de conducta en el aula.
Tema 22. Programa de Educación para la Salud Mental en la escuela.
Tema 23. Programa de educación para la salud en la escuela.
Tema 24. Coordinación con los distintos equipos que inciden en la población escolar, tanto a nivel docente como municipal.
Tema 25. Los hijos ante la separación. El consejo orientador y la prevención.
ANEXO IV
Plaza de Monitor/a Centro Ocupacional.
Número de plazas: Dos (Personal Laboral).
Categoría profesional: Monitor/a.
Grupo de Convenio: C.
Sistema de selección: Concurso-Oposición.
Turno de ascenso.
Titulación exigida: BUP, Bachiller Superior, FP II Grado o bien por su formación laboral equivalente con categoría profesional reconocida en ordenanza laboral o convenio colectivo.
Derechos de examen: 1.555 ptas.
Requisitos específicos de la plaza de Director/a Centro Ocupacional.
Podrán presentarse los trabajadores de cualquier grupo y categoría que tengan una relación laboral de carácter
indefinido con este Ayuntamiento, siempre que estén en posesión de la titulación y condiciones requeridas para el puesto.
E J E R C I C I O S
Fase de concurso.
Será previa a la realización de las pruebas de aptitud, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios que se realicen en dicha prueba. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:
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