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Por el Ayuntamiento de Puente de Génave (Jaén) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar ubicado en calle de nueva apertura del Llano de Pedro Henares, de dicho municipio, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.
Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 14 de febrero de 2000,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Puente de Génave (Jaén) de la siguiente finca:
Solar para edificar, situado en el Llano de Pedro Henares o Pedro Nares, término de Puente de Génave, con superficie útil de 8.600 m. Linda: Norte: Victoria Idañez Martínez y Rosario Idañez Jiménez; Sur y Este, hermanos Idañez Avilés, y Oeste, Camino de Pedro Nares.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Orcera, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Puente de Génave, al folio 226 del tomo 482, libro 15, finca núm. 1.853.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 de la mencionada Ley, el solar donado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad, quedando adscrito a la Consejería de Educación y Ciencia, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 14 de febrero de 2000
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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