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BASES PARTICULARES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR DOS PLAZAS DE CONSERJE DE COLEGIOS, VACANTES EN LA PLANTILLA LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE E INCLUIDAS EN LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO DE 1998 (BOE NUM. 290, DE 4.12.98), DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA APLICABLE Y LAS BASES GENERALES APROBADAS POR ACUERDO PLENARIO DE FECHA 11 DE DICIEMBRE DE 1998 (BOP NUM. 23, DE 29.1.99, Y BOJA NUM. 35, DE 23.3.99)
1. Objeto de las bases y número de plazas.
Es objeto de las presentes Bases particulares la provisión de las siguientes plazas:
Denominación: Conserje de Colegios.
Número: Dos.
Grupo: D.
Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. 1 o equivalente, y Carnet de Conducir categoría B.
Sistema de acceso: Libre.
Procedimiento: Concurso-oposición.
Edad de jubilación: 65 años.
2. Solicitudes o instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas deberán presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, conforme a las especificaciones de las bases generales.
Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 2.000 pesetas, y serán satisfechos por los aspirantes en la cuenta del Ayuntamiento, debiendo adjuntarse a la instancia el resguardo acreditativo de su ingreso.
2. Pruebas selectivas.
La selección se efectuará por el procedimiento de concurso- oposición, según las siguientes normas:
2.1. Fase de concurso. La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes. El resultado se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación con una antelación de al menos 48 horas a la realización del citado primer ejercicio.
La valoración inicial de méritos tendrá carácter provisional hasta el cotejo o compulsa de las fotocopias adjuntas a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, con los documentos originales o fehacientes, acreditativos de los méritos alegados.
Antes de la celebración de la última prueba de la fase de oposición, los aspirantes que hubieren superado los ejercidos anteriores presentarán, para su cotejo y compulsa, los originales de los documentos acreditativos de los méritos alegados que hubieran adjuntado, por fotocopia, a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.
Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de concurso, confirmando, en caso de conformidad, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base a sólo los méritos alegados y probados, según el procedimiento señalado en estas Bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no se corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.
Se valorarán los siguientes méritos:
A) Méritos generales:
a) Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,06 puntos.
b) Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán ser suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el Inem y certificado de cotizaciones a la Seguridad Social o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria: 0,01 puntos.
Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.
B) Méritos específicos:
a) Por cada mes completo de servicios prestados al Ayuntamiento de Aljaraque, en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opte, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaría General: 0,04 puntos.
b) Por cada mes completo de servicios prestados al Ayuntamiento de Aljaraque, en plaza de grupo igual al que se opte o de grupo inmediatamente inferior pero del mismo área de conocimientos, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaria General: 0,01 puntos.
C) Méritos académicos.
a) Por estudios de superior categoría: F.P. II, Titulación Media, Titulación Superior o equivalente: 1 punto.
La valoración que se otorgare a los aspirantes en razón a sus méritos específicos será acumulable a la que obtuvieren por méritos generales, aunque se tratare de los mismos servicios.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los aspirantes.
Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El máximo de puntos a otorgar en la fase de concurso será la siguiente:
A) Méritos generales: 5,00 puntos.
B) Méritos específicos: 4,00 puntos.
C) Méritos académicos: 1,00 punto.
2.2. Fase de oposición. La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y de carácter eliminatorio:
A) Primer ejercicio. Consistirá en contestación por escrito a un cuestionario de 25 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal.
En este primer supuesto:
Las respuestas correctas serán valoradas con 0,40 puntos.
No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.
Si el aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.
B) Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que señale el Tribunal, de uno o varios supuestos prácticos o entrevista personal a criterio del Tribunal, fijados
por el mismo inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de las plaza que se convocan.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos cada ejercicio, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal
puntuación.
La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartaren más de dos puntos de la citada media.
TEMARIO
TEMAS COMUNES
Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales.
Tema 2. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración.
Tema 3. Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones Central, Autonómica, Local e Institucional.
Tema 4. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Tema 5. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza.
Tema 6. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.
Tema 7. Relaciones de la Junta de Andalucía con la
Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Tema 8. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.
Tema 9. Los actos administrativos.
Tema 10. El Municipio de Aljaraque.
Tema 11. La organización territorial del Estado: La Provincia y el Municipio.
Tema 12. La Administración Local.
Tema 13. Organización y funcionamiento de la Administración Local.
Tema 14. Potestades de la Administración Local.
TEMARIO ESPECIFICO
Tema 1. Nociones básicas de carpintería.
Tema 2. Nociones básicas de cerrajería.
Tema 3. Nociones básicas de fontanería.
Tema 4. Nociones básicas de electricidad.
Tema 5. Nociones básicas de informática.
Tema 6. Seguridad e Higiene en el trabajo.
Aljaraque, 24 de enero de 2000.- El Alcalde, Juan M. Orta Prieto.
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