Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 08/04/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 4 de febrero de 2000, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se amplía la habilitación de los laboratorios principal y auxiliar oficialmente autorizados a la Entidad Siemens Metering, SA.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Landys & Gyr Española, Sociedad Anónima, por Resolución de 29 de diciembre de 1986, del Centro Español de Metrología, tiene habilitados un laboratorio como «Laboratorio principal de verificación metrológica oficialmente autorizado¯ (BOE núm. 17, de 20 de enero de 1987), y otro laboratorio como «Laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado¯ (BOE núm. 23, de 27 de enero de 1987).

Segundo. Con fecha 24 de noviembre de 1998, la empresa Siemens Metering, S.A., con domicilio social en Sevilla, calle Estornino, núm., solicita a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía «la ampliación de las competencias de un Laboratorio Principal de Verificación Metrológica oficialmente autorizado, para la verificación de contadores monofásicos como trifásicos, tanto de inducción como electrónicos y de clases de precisión hasta 0.2s (para energía activa) y 0.5 para energía reactiva¯.

Tercero. Con fecha 24 de noviembre de 1998, la empresa Siemens Metering, S.A., solicita de la Dirección General de Industria, Energía y Minas «la ampliación de las competencias de su Laboratorio Auxiliar de Verificación Metrológica oficialmente autorizado, para la verificación de contadores de fabricación propia tanto monofásicos como trifásicos, de inducción o electrónicos y de clases de precisión tanto 0.2s (para energía activa) y 0.5 para energía reactiva¯.

Cuarto. Con fecha 29 de enero de 1999, se procede en la Delegación Provincial de Trabajo e Industria de Sevilla al cambio de titularidad de la empresa Landis & Gyr Española, Sociedad Anónima, pasando a denominarse Siemens Metering, S.A.

Quinto. Con fecha 3 de mayo de 1999, se procede a emitir un informe, por parte de la Empresa Pública Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (Veiasa), en el que se recogen las conclusiones extraídas de la visita formulada a las instalaciones de la empresa.

Sexto. Con fecha 17 de diciembre de 1999, se procede, por parte de la Delegación Provincial de Trabajo e Industria de Sevilla, a informar favorablemente el expediente como paso previo a la ampliación de las habilitaciones de los citados laboratorios.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para dictar esta Resolución viene atribuida a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, en virtud de lo previsto en el artículo 2.2 del Real Decreto

1091/1981, de 24 de abril, sobre traspaso de competencias, funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, así como el Anexo A, punto 1, apartado 3, del Real Decreto 4164/1982, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, en relación con el artículo 3 del Decreto del Presidente

132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto 316/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria.

Vistas las disposiciones anteriores y demás de general y pertinente aplicación, y el informe favorable de la Delegación Provincial de Trabajo e Industria de Sevilla,

RESUELVO

Primero. Ampliar la habilitación del Laboratorio Principal de Verificación Metrológica oficialmente autorizado de la empresa Siemens Metering, S.A., para realizar la verificación primitiva de contadores monofásicos y trifásicos de clases de precisión hasta 0.2s para energía activa y 0.5 para energía reactiva.

Segundo. Ampliar la habilitación del Laboratorio Auxiliar de Verificación Metrológica oficialmente autorizado de la Empresa Siemens Metering, S.A., para realizar la verificación primitiva de contadores, de fabricación propia, monofásicos y trifásicos de clases de precisión hasta 0.2s para energía activa y 0.5 para energía reactiva.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de

conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 4 de febrero de 2000.- El Director General,

Francisco Mencía Morales.

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